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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 195, martes 13 de octubre de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4230

RESOLUCIÓN 1626/2026, de 23 de septiembre de 2026, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se procede a la modificación de la mesa de contratación de la Organización Sanitaria Integrada Tolosaldea de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, dispone en su artículo 20.4 que, «por la Dirección General del Ente, previa autorización por el Consejo de Administración del mismo, se crearán las Mesas de Contratación que se crean necesarias, en función del dimensionamiento de las distintas organizaciones del Ente Público y para el ejercicio de las funciones de asistencia al órgano de contratación en la adjudicación de los contratos.

Las Mesas de Contratación que se creen estarán en todo caso compuestas por los siguientes miembros:

a) Presidente: un cargo directivo de la organización respectiva distinto al que sea el órgano de contratación de la misma.

b) Dos vocales designados por el órgano de contratación.

c) Un Vocal-Secretario designado por el órgano de contratación de entre los letrados o los técnicos de gestión licenciados en derecho adscritos a la organización correspondiente, que ejercerá las funciones de Asesor Jurídico y Secretario de la Mesa, con voz y voto».

A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse, a iniciativa de la Presidencia de la misma, técnicos o expertos independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato, dejando constancia en el expediente de las identidades de los técnicos o expertos asistentes, su formación y su experiencia profesional. Todos ellos actuarán con voz y sin voto.

El funcionamiento de la Mesa de contratación no supondrá incremento de gasto público, ni sus miembros percibirán retribución por el ejercicio de sus funciones como integrantes de dicho órgano. Su creación y funcionamiento se atenderán con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a cada Organización de Servicios.

En virtud del Acuerdo de 30 de diciembre de 2014, del Consejo de Administración del ente Público Osakidetza se crea, en el ámbito territorial del Área de Salud de Gipuzkoa, la Organización Sanitaria Integrada Tolosaldea.

Por Resolución 1011/2015 de 13 de mayo de 2015, del director general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se crea la Mesa de Contratación adscrita a la Organización Sanitaria Integrada Tolosaldea.

Por Resolución 202/2024, se acuerda la última modificación en la designación de los miembros de la Mesa de Contratación arriba indicada.

En el momento presente, y como consecuencia de cambios en la plantilla, resulta necesario actualizar la Mesa de Contratación.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General, y en virtud de las facultades que legalmente le han sido atribuidas,

RESUELVE:

Primero.– Modificar la composición de la Mesa de Contratación adscrita a la OSI Tolosaldea.

Segundo.– Declarar que la composición de la Mesa de Contratación será la siguiente:

Presidencia:

– Titular: Directora de Gestión de la OSI Tolosaldea, Nagore Lora Laca.

– Suplente: Jefa de Unidad de Gestión Clínica, María Amparo Asenjo Martin.

Vocal 1.º:

– Titular: Técnico Superior de Económico Xabier Unanue Larreta.

– Suplente: Técnica Superior de Organización Arrate Loyola Irulegui.

Vocal 2.º:

– Titular: Auxiliar de Administración y atención al usuario Amaya López Amiano.

– Suplente: Auxiliar de Administración y atención al usuario Rosa Maria Bengoetxea Palacios.

Vocal Secretaria/o:

– Titular: Técnica Superior de Administración y Gestión María José Pérez Bao.

– Suplente: Técnico Superior de Administración y Gestión: Ignacio Aguirrezabala Herreras

Tercero.– Notificar la presente Resolución a las personas integrantes de la Mesa de Contratación y a aquellas que cesan en sus funciones.

Cuarto.– La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma.

Conforme se establece en los artículos 112, 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de septiembre de 2026.

La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.


Análisis documental