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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 194, viernes 9 de octubre de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4191

ORDEN de 2 de octubre de 2026, de la consejera de Educación, por la que se declara abierto el periodo electoral para proceder a la elección de los y las miembros que corresponda de los Consejos Escolares de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 258/1996, de 12 de noviembre, modificado por el Decreto 11/2007, de 30 de enero, regula el procedimiento de elección y renovación del Consejo Escolar de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En estos Decretos se establece que los Consejos Escolares de los centros deben renovarse por mitades cada dos años.

Habiéndose producido la última elección de los y las miembros de los Consejos Escolares de los centros públicos docentes en el curso 2024-2025, procede efectuar la renovación correspondiente en el curso 2026-2027.

Corresponde a la consejera de Educación declarar abierto el periodo para posibilitar la realización del correspondiente proceso electoral.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido otorgadas,

DISPONGO:

Artículo 1.– 1.– Se declara abierto el periodo electoral para la elección de los y las miembros que corresponda de los Consejos Escolares de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco con excepción de los Centros Integrados de Formación Profesional.

2.– En los centros creados como consecuencia de procesos de fusión o integración llevados a cabo con posterioridad a la realización del último proceso electoral celebrado en el curso 2024-2025, se debe proceder, asimismo, a la elección de la totalidad de los y las miembros electos y electas del Consejo Escolar del nuevo centro resultante de la fusión o integración.

3.– El proceso electoral se llevará a cabo en la forma prevista en el Decreto 258/1996, de 12 de noviembre, modificado por el Decreto 11/2007, de 30 de enero, por el que se regula el procedimiento de elección y renovación del Consejo Escolar de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 2.– Los actos electorales tendrán lugar en todos los centros entre los días 5 y 23 de noviembre de 2026 y el nuevo Consejo Escolar del centro deberá estar constituido antes del día 16 de diciembre de 2026. Una vez constituido el Consejo Escolar, este designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la consejera de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de octubre de 2026.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.


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