
N.º 166, martes 1 de septiembre de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
AGENCIA VASCA DEL AGUA
3759
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, del director general de la Agencia Vasca del Agua, sobre aprobación de las valoraciones de terreno, a los efectos del cálculo del canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico.
ANTECEDENTES
El Título VI del texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), aprobado por Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, regula el régimen económico-financiero de la utilización del dominio público hidráulico en general, y más concretamente, el artículo 112 regula el canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico, distinguiendo tres supuestos:
La ocupación de terrenos de dominio público hidráulico.
La utilización del dominio público hidráulico.
El aprovechamiento de bienes de dominio público hidráulico.
En el caso de la ocupación de terrenos, el artículo 112.4.a) TRLA establece que la base imponible se determinará teniendo en cuenta el valor del terreno ocupado tomando como referencia el valor de mercado de los terrenos contiguos.
Ante la inexistencia, en muchos de los ámbitos afectados, de un mercado suficientemente representativo de terrenos contiguos que permita aplicar de forma directa el criterio legal de comparación, se ha considerado necesario recurrir a referencias objetivas, homogéneas y verificables. En base a las cuales se va a actualizar el vigente canon de ocupación de los bienes de dominio público hidráulico.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al director general de la Agencia Vasca del Agua en virtud de lo establecido en el artículo 10.3.c) del Decreto 178/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua. Además, en virtud de lo establecido en el artículo 15.c) de la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, corresponde a la Dirección aplicar el régimen fiscal del dominio público que corresponde a la agencia.
Por ello, en virtud de 112.4 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, el artículo 287.1.a) del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la Agencia Vasca del Agua estima necesario fijar valoraciones diferentes para el suelo urbano y rústico. Estas valoraciones se tendrán en cuenta para fijar la base imponible del canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico.
Constituye el hecho imponible la realización de cualquier actividad que exija la ocupación de los terrenos de dominio público hidráulico. El tipo de gravamen es del 5 por 100 tal y como establece el artículo 287.2 del Reglamento de dominio público hidráulico. El devengo del canon se producirá por primera vez con el otorgamiento inicial, tiene carácter anual y será exigible, por la cuantía que corresponda y por los plazos que se señalen en las condiciones de la concesión o autorización, en el período voluntario, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la notificación de la liquidación de la cuota. Por ello,
RESUELVO:
Primero.– Aprobar las siguientes valoraciones de terrenos que constituyen el objeto de la base imponible del canon de ocupación de dominio público en los territorios de Bizkaia, Araba/Álava y Gipuzkoa:
(Véase el .PDF)
Segundo.– Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL única
Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante esta misma Agencia Vasca del Agua en el plazo de un mes, tal como establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con el artículo 10.1.a) de dicho texto legal.
En Vitoria-Gasteiz, a 25 de junio de 2026.
El director general de la Agencia Vasca del Agua,
ASIER LOPEZ ETXEBARRIA.
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