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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 164, viernes 28 de agosto de 2026


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3734

RESOLUCIÓN 1432/2026, de 6 de agosto, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante la que se corrige la Resolución 1056/2026, de 11 de junio, por la que se nombra al tribunal calificador del concurso de traslados abierto y permanente del personal de gestión con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud (todas las categorías/puestos funcionales asignados al tribunal de personal de gestión de los ciclos de oferta que se publiquen durante los años 2025 y 2026).

Mediante el Acuerdo de 27 de noviembre de 2019 del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud se aprueban las bases del procedimiento de concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de destinos básicos en el Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 244, de 24 de diciembre de 2019.

De conformidad con la base 10.1 del Acuerdo de 27 de noviembre de 2019, la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud nombrará al tribunal calificador del concurso de traslados convocado mediante resolución, pudiendo contemplarse su designación por un período concreto de tiempo, de tal manera que las tareas de baremación y valoración de dicho tribunal puedan desarrollarse en sucesivos procesos de adjudicación.

Mediante Resolución 1056/2026, de 11 de junio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 116, de 22 de junio de 2026), se nombra al tribunal calificador del concurso de traslados abierto y permanente del personal de gestión con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud (todas las categorías/puestos funcionales asignados al tribunal de personal de gestión de los ciclos de oferta que se publiquen durante los años 2025 y 2026).

La Resolución 112/2021, de 26 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se establecen determinados aspectos para la designación de los miembros de los tribunales del concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud, acuerda que las personas que ocupen los puestos de vocales del tribunal de personal de gestión deben cumplir los requisitos indicados con carácter general y además contar con nombramiento en el grupo A en alguna de las categorías/puestos funcionales que tiene asignado el referido tribunal.

Realizado el nombramiento de los miembros del tribunal mediante la Resolución 1056/2026, de 11 de junio, se ha constatado que las personas nombradas como vocales cuarto y quinto, tanto titulares como suplentes, no reúnen el requisito de nombramiento exigido por la norma. Por ese motivo es preciso proceder a la corrección del error de hecho. Consecuencia de la corrección resultará revocado su nombramiento y serán nombradas las personas incluidas en el censo que sí cumplen con el requisito específico mencionado, continuando en el orden del mismo y respetando la alternancia entre hombres y mujeres.

Procede esta corrección de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente,

RESUELVO:

Primero.– Corregir la Resolución 1056/2026, de 11 de junio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se nombra al tribunal calificador del concurso de traslados abierto y permanente del personal de gestión con destino en las organizaciones de gestión de Osakidetza-Servicio vasco de salud (todas las categorías/puestos funcionales asignados al tribunal de personal de gestión de los ciclos de oferta que se publiquen durante los años 2025 y 2026), en el siguiente sentido:

Donde dice:

«Vocal cuarto/a:

– Titular: Unai Arbelaiz Iza.

– Suplente: María Ángeles Aparicio Gómez.»

Debe decir:

«Vocal cuarto/a:

– Titular: Iñaki Armentia Arsuaga.

– Suplente: Miriam Aparicio Sanz.»

Donde dice:

«Vocal quinto/a:

– Titular: María Teresa Apaolaza Ortiz de Apodaca.

– Suplente: Miguel Ángel Arenal Martínez.»

Debe decir:

«Vocal quinto/a:

– Titular: Nerea Aranguren Uriarte.

– Suplente: Fernando Asensio Olavarria.»

Segundo.– Mantener, en el resto de actuaciones, lo establecido en la Resolución 1056/2026, de 11 de junio.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV y en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Cuarto.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 8/1997, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de agosto de 2026.

La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.


Análisis documental