
N.º 162, miércoles 26 de agosto de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
3700
RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de niveles básico, cualificado, fumigador y piloto aplicador, a los alumnos de los cursos números 1014 a 1027.
HECHOS
Primero.– Se han organizado los cursos que se relacionan a continuación:
– Curso n.º 1014, impartido por CIFP Agrario Derio: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1015, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 1016, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1017, impartido por Gestión Integral Denbo S.L.: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1018, impartido por Gestión Integral Denbo S.L.: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1019, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1020, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1021, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1022, impartido por CIFP Agrario Arkaute: cursos a alumnado de Paisajismo y Medio Rural, de Jardinería y floristería, y de Producción agroecológica, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 1023, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1024, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 1025, impartido por CIFP Fraisoro Eskola LHII: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 1026, impartido por CIFP Murgia LHII: cursos a alumnado de Gestión Forestal y del Medio Natural, y de Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 1027, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C; cursos realizados en otras CCAA de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que dan derecho a la obtención del carné tipo B; cursos realizados en otras CCAA, de nivel fumigador, que da derecho a la obtención del carné tipo F; y cursos realizados en otras CC.AA. de nivel piloto aplicador.
Los catorce cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico; en la parte B, para el nivel cualificado; en la parte C, para el nivel fumigador; y en la parte D, para el nivel piloto aplicador, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B, C, F, y de piloto aplicador, respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artículo 18.1 sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación, y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 9.1.b) del Decreto 438/2024, de 11 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel básico, del curso 1014, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel cualificado, del curso 1015, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel básico, del curso 1016, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.
4.– De nivel básico, del curso 1017, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.
5.– De nivel básico, del curso 1018, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.
6.– De nivel básico, del curso 1019, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VI a la presente Resolución.
7.– De nivel básico, del curso 1020, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VII a la presente Resolución.
8.– De nivel básico, del curso 1021, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VIII a la presente Resolución.
9.– De nivel cualificado, del curso 1022, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IX a la presente Resolución.
10.– De nivel básico, del curso 1023, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo X a la presente Resolución.
11.– De nivel básico, del curso 1024, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo XI a la presente Resolución.
12.– De nivel cualificado, del curso 1025, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo XII a la presente Resolución.
13.– De nivel cualificado, del curso 1026, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo XIII a la presente Resolución.
14.– De niveles cualificado, básico, fumigador y piloto aplicador, del curso 1027, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo XIV a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2026.
La directora de Agricultura y Ganadería,
ONEKA ZABALLA GONZALEZ.
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