
N.º 151, martes 11 de agosto de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3558
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2026, del director para la Diversidad e Inclusión, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto de corrección de errores del Decreto 20/2026, de 24 de febrero, de creación del Centro para el Desarrollo de la Inclusión, la Convivencia y la Gestión de la Diversidad, BiziLab, y de aprobación de su relación de puestos de trabajo.
En el Decreto 20/2026, de 24 de febrero, de creación del Centro para el Desarrollo de la Inclusión, la Convivencia y la Gestión de la Diversidad, BiziLab, y de aprobación de su relación de puestos de trabajo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 47, de 10 de marzo de 2026, se ha advertido la existencia de errores:
a) En la disposición final quinta, punto primero, se observa que hay errores en la numeración de tres puestos-dotación.
b) En el Anexo II, en la versión en euskera, hay un error en la denominación de dos de los puestos de la sede de BiziLab en Bilbao. En concreto, se trata de los puestos de «Asesora o asesor del área de innovación en el ámbito de la convivencia y gestión de la diversidad (orientación)» y «Asesora o asesor del área de innovación en el ámbito de la convivencia y gestión de la diversidad (diversidad)», que aparecen en el texto del decreto en euskera como «Bizikidetzaren eta aniztasunaren kudeaketaren alorrean berritzeko esparruaren arduraduna (orientazioa)» y «Bizikidetzaren eta aniztasunaren kudeaketaren alorrean berritzeko esparrruaren arduraduna (aniztasuna)».
c) En el Anexo II, en la columna de la relación de puestos de trabajo relativa al «Cuerpo», debido a un error de transcripción de la tabla, que se produjo justo antes de la preparación del texto para su envío a la aprobación del Consejo de Gobierno y al BOPV, se insertó en todos los puestos de trabajo el «Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación», cuando debía haber aparecido únicamente en el puesto de dirección.
d) Asimismo, y también en el Anexo II, se produjo un error similar en la columna relativa a la titulación exigida para los puestos de: responsable del área general de apoyo a la inclusión; responsable del área de apoyo específico a la inclusión; responsable del área de estudios y programas integrados; asesor/a del área general de apoyo a la inclusión; asesor/a del área de apoyo específico a la inclusión; y asesor/a del área de estudios y programas integrados. En estos puestos, desde el comienzo de la tramitación del procedimiento de elaboración del decreto, se incluyó como requisito del puesto titulación específica en psicología, psicopedagogía o pedagogía, ya que son puestos con funciones específicas de este tipo de profesionales. Sin embargo, en el momento final del procedimiento y justo antes de su envío al Consejo de Gobierno, por error, se incluyó erróneamente la titulación genérica exigida en los restantes puestos, en lugar de la específica.
De conformidad con lo previsto en el artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, procede su rectificación mediante disposición del mismo rango.
En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, la consejera de Educación dictó con fecha de 16 de junio de 2026 la correspondiente orden de inicio, declarando urgente el procedimiento de elaboración de la norma.
A su vez, siguiendo lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, el 3 de julio de 2026 la consejera de Educación dictó también la orden de aprobación previa del proyecto de decreto objeto de tramitación.
Pese a que la corrección incorpora un texto previamente sometido al trámite de audiencia e información pública, en aras de una mayor transparencia y seguridad jurídica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, se vuelve a someter el texto a información pública. Este trámite, debido a la declaración de urgencia del procedimiento, se hará efectivo por un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En virtud de las competencias atribuidas por el por el artículo 15 del Decreto 381/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación
RESUELVO:
Primero.– Someter al trámite de información pública el proyecto de decreto de corrección de errores del Decreto 20/2026, de 24 de febrero, de creación del Centro para el Desarrollo de la Inclusión, la Convivencia y la Gestión de la Diversidad, BiziLab, y de aprobación de su relación de puestos de trabajo.
Segundo.– Dada la declaración de urgencia del procedimiento, conceder un período de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercero.– A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto de decreto estará disponible en la Dirección para la Diversidad e Inclusión del Departamento de Educación, sita en Vitoria-Gasteiz (c/ Donostia-San Sebastián, 1 01010 Vitoria-Gasteiz) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/
Cuarto.– Las alegaciones se pueden presentar de manera presencial y de manera electrónica en las direcciones citadas en el apartado anterior.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de julio de 2026.
El director para la Diversidad e Inclusión,
MIKEL JUARISTI IZAGUIRRE.
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