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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 147, martes 4 de agosto de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3469

ACUERDO de 21 de julio de 2026, del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueban determinadas medidas específicas relativas a las condiciones de desempeño del profesional médico y facultativo especialista.

La sostenibilidad del sistema sanitario público constituye uno de los principales retos a los que debe hacer frente Osakidetza-Servicio vasco de salud. En los últimos años se ha constatado una especial dificultad para la captación y fidelización del personal médico y facultativo especialista, derivada tanto de factores demográficos como de la creciente competencia existente entre los diferentes servicios de salud para atraer y mantener profesionales altamente cualificados.

Esta situación aconseja impulsar medidas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de desempeño profesional del personal médico y facultativo especialista, favoreciendo simultáneamente la estabilidad de las plantillas, la continuidad asistencial y la calidad de la atención prestada a la ciudadanía.

Las medidas contempladas en el presente Acuerdo responden a la necesidad de afrontar un problema estructural de disponibilidad de profesionales cuya persistencia podría comprometer la adecuada prestación de la asistencia sanitaria, dificultar el cumplimiento de los objetivos asistenciales y contribuir al incremento de los tiempos de espera.

Con la finalidad de garantizar la continuidad asistencial, la calidad de los servicios sanitarios y la estabilidad de las y los profesionales, se ha desarrollado un proceso de negociación en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad, alcanzándose un acuerdo sobre un conjunto de medidas relativas al régimen de guardias, las libranzas derivadas de las mismas, los sistemas de incentivación profesional, la organización asistencial y otras actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de trabajo del personal médico y facultativo especialista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi; la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud; el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud; y demás disposiciones de aplicación.

En su virtud, previas las deliberaciones oportunas y vista la propuesta formulada por la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como el acuerdo alcanzado en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad,

ACUERDA

Primero.– Aprobar las medidas específicas relativas a las condiciones de desempeño profesional del personal médico y facultativo especialista, así como para la mejora de la prestación asistencial, que se incorporan como anexo al presente Acuerdo.

Segundo.– Autorizar a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud para dictar cuantas resoluciones, instrucciones y actos resulten necesarios para la ejecución y desarrollo del presente Acuerdo.

Tercero.– Las medidas de carácter retributivo y aquellas que comporten impacto económico quedarán sujetas a la existencia de crédito adecuado y suficiente y, en su caso, a las autorizaciones que resulten preceptivas conforme a la normativa vigente.

Cuarto.– Constituir la Comisión de Seguimiento prevista en el anexo.

Quinto.– El presente Acuerdo producirá efectos desde la aprobación por el órgano competente, sin perjuicio de lo que se determine en cada una de las medidas contenidas en el anexo.

Sexto.– Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de julio de 2026.

El presidente del Consejo de Administración de Osakidetza,

ALBERTO MARTÍNEZ RUIZ.


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