
N.º 144, jueves 30 de julio de 2026
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
3395
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2026, del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para el ingreso al Grupo E como personal funcionario de carrera del personal técnico de gestión y de administración y servicios.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 14 de diciembre de 2023 se aprobó la oferta de empleo público para el personal técnico de gestión y de administración y servicios correspondiente al año 2023 (BOPV n.º 243, de 22 de diciembre de 2023). Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2024 (BOPV n.º 250, de 26 de diciembre de 2024) se aprobó la oferta de empleo público para el año 2024.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos art 52, 63, Capítulo II del Título I y Capítulos I y II del Título VI de la Ley de empleo público vasco sobre selección de personal, y en el Capítulo I del Título IV del Estatuto Básico del Empleado Público, y conforme al Acuerdo de 26 de septiembre de 2025, conjunto de las Mesas Negociadoras del personal laboral y funcionario de administración y servicios, sobre los criterios mínimos que han de regir las convocatorias de los procesos de ingreso de las OPEs 2023/2024, previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 15 de julio de 2026, tal y como establecen los artículos 59, 60 y 61 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,
RESUELVO:
Primero.– Convocar las siguientes plazas correspondientes al proceso ordinario para el ingreso como personal funcionario de carrera de la UPV/EHU en el Grupo E de Clasificación, Escala Subalterna, del personal técnico de gestión y de administración y servicios, por el sistema selectivo de concurso-oposición, conforme a la siguiente distribución:
– Nueve (9) plazas por el turno libre, integradas por:
• Seis (6) plazas con PL 2 de carácter preceptivo.
• Tres (3) plazas con PL 1 de carácter preceptivo.
– Una (1) plaza por el turno reservado a personas con discapacidad, con PL 2 de carácter no preceptivo.
La presente convocatoria de plazas incorpora el Informe de Evaluación Previa de Impacto en función del Género.
Segundo.– Requisitos para poder tomar parte en las convocatorias.
Además de los requisitos establecidos en el apartado 4.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, en los términos de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los Cuerpos y de las Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las personas aspirantes deberán reunir:
a) Estar en posesión de la titulación requerida: Certificado de Escolaridad.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Pago de tasas por realización de pruebas selectivas de acceso a la Administración:
A los efectos del cumplimiento del requisito que prevé la Base 5.2.3) de las Bases Generales, el pago de la tasa deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la Base 5.1 de las mismas, de la forma indicada en la base general 5.4.
El importe de dichas tasas es de 20,68 euros.
Tercero.– Sistema selectivo de concurso-oposición.
3.1.– Fase de oposición: Consistirá en la realización de una Prueba teórico-práctica.
La prueba teórico-práctica se calificará sobre un total de 20 puntos, siendo necesario obtener al menos 10 puntos para su superación.
El ejercicio único será de carácter escrito y eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 40 preguntas, más 20 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una es la correcta. Las preguntas se extraerán de una batería de un máximo de 400 preguntas y versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias del Programa detallado en el Anexo de la presente Resolución (20 temas).
La duración de la prueba será de 60 minutos. Se calificará de 0 a 100 puntos.
No penalizarán las respuestas erróneas ni las no contestadas.
La normativa cuyo conocimiento se exigirá a las personas aspirantes en los procesos selectivos será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
La batería de 400 preguntas se hará pública con al menos tres (3) meses de antelación a la fecha de celebración de este ejercicio.
Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
Dicha fase podrá ser superada por un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
3.2.– Fase de concurso: La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos al baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de 9 puntos.
El baremo de méritos consta de las siguientes partes:
A) Méritos profesionales.
B) Méritos académicos.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Con carácter general serán méritos valorables los siguientes, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Méritos profesionales:
Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de la finalización del plazo de presentación de instancias, entendiéndose como servicios prestados los servicios profesionales recogidos o constatados en el nombramiento como personal funcionario interino. Los servicios prestados en comisión de servicios se considerarán como prestados en el puesto en el que tienen el nombramiento correspondiente a ese período a valorar.
La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de 9 puntos, conforme a los siguientes criterios:
a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la escala objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en escala equivalente a la que es objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.
c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en escala equivalente a la que es objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma se despreciarán las fracciones inferiores a 30 días naturales. En todo caso, los periodos de tiempo en los que se haya prestado servicio a tiempo parcial se computarán como trabajados a jornada completa.
B) Méritos académicos:
B.1.– Titulaciones académicas: Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso al Grupo de clasificación del puesto al que se aspira, con un máximo de 1,5 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones superiores a las necesarias para el acceso al Grupo de Clasificación del puesto al que se aspira: 1,5 puntos.
Siempre que sea valorada una titulación de mayor nivel, no se valorarán las titulaciones inferiores que sean necesarias para obtener aquella.
B.2.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco: Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B2 o superior del Marco Común Europeo: 1 punto por cada idioma.
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B1 del Marco Común Europeo: 0,5 puntos por cada idioma.
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de A2 del Marco Común Europeo: 0,25 puntos por cada idioma.
A estos efectos se tendrá en cuenta la Resolución del 16 de marzo de 2026, de la vicerrectora de Euskera y Planificación Lingüística de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre la actualización de la tabla de equivalencia de lenguas no oficiales anexa al acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión del 24 de junio del 2010, a la Resolución del 8 de marzo de 2012, y a la Resolución del 22 de mayo de 2017 o normativa que la sustituya, siendo tenidas en cuenta las recomendaciones que la CRUE y ACLES establecen en las tablas de equivalencia.
La valoración no será acumulativa, es decir, dentro de cada idioma la valoración de un nivel impedirá la valoración de niveles inferiores.
Cuarto.– Acreditación de méritos.
Las personas interesadas deberán acreditar los méritos, aportando la siguiente documentación en los términos y plazos establecidos en las bases generales, salvo que ya obren en poder de la Vicegerencia de Personal de la UPV/EHU:
4.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por las personas interesadas. Los mismos serán computados de oficio.
4.2.– Salvo que ya esté reconocidos por la UPV/EHU a efectos de trienios, el tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Grupo y Escala a que se refieren dichos periodos. Asimismo, deberá aportarse monografía o certificación de funciones del puesto o puestos de trabajo emitida por el correspondiente órgano de dirección de personal.
4.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.
4.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante el título o el documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, o mediante el certificado académico de estar en disposición de obtener el título habiendo sido propuesto para ello o mediante el documento oficial que acredite estar en posesión del título, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante los títulos o certificaciones de idiomas exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Quinto.– Euskera.
5.1.– Cuando las plazas ofertadas fecha de preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apta o apto.
5.2.– Cuando las plazas ofertadas no tengan preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, se obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:
Para puestos con PL2 no preceptivo:
– Por acreditación del Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.
– Por acreditación del Perfil lingüístico 2, 3 o superior: 2,90 puntos.
Sexto.– Calificación final.
6.1.– La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.
6.2.– Todos los resultados y calificaciones serán publicados en el Portal de empleo de la UPV/EHU.
Séptimo.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.
En Leioa, a 15 de julio de 2026.
El rector de la UPV/EHU,
JOSÉ RAMÓN BENGOETXEA CABALLERO.
ANEXO
PROGRAMAS PARA LA FASE DE OPOSICIÓN
TEMARIO ESCALA SUBALTERNA
1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Cortes Generales. Elaboración de las leyes. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Organización Territorial del Estado.
2.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Nociones generales. El Título Preliminar: denominación y constitución; el Territorio: concepto, posible integración de otros territorios; sede de las Instituciones Comunes; el euskera; derechos y deberes de los ciudadanos vascos. Los poderes del País Vasco: el Parlamento, el Lehendakari, el Gobierno.
3.– Estatutos de la UPV/EHU: su naturaleza y fines. Comunidad universitaria. La actividad universitaria. Estructura. Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus.
4.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos unipersonales. Estructura de los servicios administrativos. órganos de gobierno de los Centros docentes y de los Departamentos universitarios. Reglamento marco de Departamentos.
5.– La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.– El empleo público y la función pública. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco.
7.– Acuerdo regulador de condiciones de trabajo del personal funcionario de la UPV/EHU y III Convenio colectivo del personal laboral de administración y servicios.
8.– Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera. Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco.
9.– La Escala Subalterna en la UPV/EHU. Funciones propias. El personal subalterno en el control de accesos. Apoyo a actividades de reunión y de comunicación: Preparación de salas y dependencias, de mobiliario (mesas de reunión, mesas presidenciales, sillas, etc.) y de medios materiales (pizarras, papelógrafos, rotuladores). Puesta en funcionamiento de medios audiovisuales: proyectores, sistemas de audio (altavoces y micrófonos), etc.
10.– Normas básicas de la comunicación y atención al público. La información y atención al ciudadano. El ciudadano como destinatario de los servicios y prestaciones públicas. Recepción y telefonía. Criterios de carácter general para atención al público. Elementos necesarios. Oficina: Recepción y distribución de correspondencia.
11.– Correspondencia. Tarifas postales. Franqueo. Certificados. Acuses de recibo. Telegramas. Reembolsos. Giros nación ales de dinero.
12.– Almacenamiento de materiales: estanterías, colgadores, espacios, etc. Almacenamiento de materiales peligrosos. Control de existencias de material. Registros, fichas, albaranes, etc.
13.– Movimientos de material y equipos: Maquinaria a utilizar y otros útiles. Retirada y reciclaje de residuos.
14.– Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones. Nociones básicas de carpintería, cerrajería, fontanería, saneamiento, electricidad, calefacción y aire acondicionado.
15.– Criterios de mantenimiento y revisión de seguridad: extintores, puertas cortafuegos.
16.– Trabajos con materiales y maquinaria de oficina: fotocopiado, destrucción de documentación, ensobrado, etiquetado, guillotinado, encuadernación, grapado y taladrado. Tipos de papel: medidas normalizadas, papel continuo.
17.– Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Las sugerencias y reclamaciones: recepción, registro, tramitación y gestión.
18.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Objeto, ámbito de aplicación, definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento. Autoridades de protección de datos. Régimen sancionador. Garantía de los derechos digitales.
19.– Normativa sobre Igualdad y de Género. Igualdad de Género: conceptos generales. Violencia de género: conceptos generales. Publicidad institucional e imagen pública no sexista. La Igualdad de Género en las Políticas Públicas: concepto de enfoque de género y transversalidad.
20.– Principios básicos de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa legal. Modalidades de organización de la prevención en la empresa. Gestión de la actividad preventiva. Aspectos básicos de evacuación de edificios: planes de actuación ante emergencias.
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