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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 142, martes 28 de julio de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
3358

DECRETO 118/2026, de 14 de julio, por el que se reconoce de utilidad pública a la asociación denominada «Asociación Cultural Ateneo Guipuzcoano».

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco que contribuyan, mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo y cumplan, además, los requisitos previstos en dicho precepto.

Tal reconocimiento se realiza mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, tras la instrucción del correspondiente expediente que se regula en el Capítulo II del Decreto 146/2008, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre las Asociaciones de Utilidad Pública y su Protectorado, y tiene carácter discrecional, en función de la valoración que merezcan los fines y actividades desarrollados por la asociación solicitante.

En tal sentido, el 22 de diciembre de 2025, la asociación denominada «Asociación Cultural Ateneo Guipuzcoano» solicitó la declaración mencionada mediante escrito dirigido al Protectorado de Asociaciones de Utilidad Pública.

Consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número AS.R.P.G.00260 desde el 26 de junio de 1944.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende el Territorio Histórico de Gipuzkoa y, desde su constitución, dirige sus actividades a la consecución de sus fines estatutarios: «Ejercer actividades culturales en los ámbitos de las Letras, las Artes, las Ciencias y la Filosofía, dirigidas a los socios, en particular, y con proyección hacia los ciudadanos de Guipúzcoa en general».

Finalmente, con fecha de 16 de junio de 2026, fue emitido informe técnico de valoración favorable de la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno. En dicho informe se justifica la observancia de todos los requisitos legales y reglamentarios precisos, antes de ser reconocida la utilidad pública, a propuesta de los departamentos correspondientes.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de julio de 2026,

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la asociación denominada «Asociación Cultural Ateneo Guipuzcoano» inscrita con el número de registro AS.R.P.G.00260 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, con el reconocimiento de los derechos inherentes a tal declaración. Asimismo, acordar la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 14 de julio de 2026.

El lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

MARÍA UBARRECHENA CID.


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