
N.º 140, viernes 24 de julio de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
3320
DECRETO 114/2026, de 7 de julio, de modificación del Decreto por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, entre las cuáles se encuentran el Decreto 105/2007, de 26 de junio y el Decreto 79/2019, de 21 de mayo, que modifican las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario y personal laboral, respectivamente, derivadas de los procesos de Análisis Funcionales de ambos colectivos.
El 22 de noviembre del 2021 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco, la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tal como se refiere en la exposición de motivos de dicha ley, como consecuencia del tiempo transcurrido desde la legislación anterior (2004), de la necesidad de adaptarse a los grupos y subgrupos establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público, de las nuevas titulaciones creadas y de la actualización de los perfiles profesionales de determinados puestos de trabajo, se hacía necesaria una nueva regulación de los cuerpos y de las escalas de la Administración.
La adaptación de los puestos de trabajo a los nuevos cuerpos y escalas contemplados en la Ley 7/2021 se materializó en la RPT aprobada en el Decreto 61/2022, de 17 de mayo, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 23 de mayo de 2022.
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 45 y 46 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
En su virtud, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 7 de julio de 2026,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, que se contienen en el Anexo al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 61/2022, de 17 de mayo, de adaptación a la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, que regula los cuerpos y las escalas del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Concretamente, aprobar el cambio de escala preferente en los puestos 510040, 510041 y 510042.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.
El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2026.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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