
N.º 130, viernes 10 de julio de 2026
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
3153
ORDEN de 1 de julio de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se modifica el Anexo I de la Orden de 23 de abril de 2026, por la que se convocan los procesos selectivos de acceso a puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas.
Primero.– Con fecha 4 de mayo de 2026 se publica en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan procesos selectivos de acceso a puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.
Segundo.– Mediante Órdenes de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, se han estimado recursos de reposición, en relación al apartado correspondiente a la valoración como mérito del título de Técnico/a en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico en el proceso selectivo de acceso para los puestos de Auxiliar de Autopsias.
Tal como se indica en la resolución de los recursos, las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo de acceso a puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en concreto, el Anexo I correspondiente a Auxiliar de Autopsias, se modificarán para incluir en la valoración de méritos el título de Técnico/a en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
La modificación se refiere al Anexo I, apartado 4 «Proceso selectivo», apartado 4.2. «Fase de concurso», subapartado 4.2.2. «Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos».
Tercero.– Una vez estimados los recursos presentados, procede modificar las bases de la convocatoria en los términos indicados, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Modificar el Anexo I, apartado 4 «Proceso selectivo», apartado 4.2. «Fase de concurso», subapartado 4.2.2. «Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos», de la Orden de 23 de abril de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan los procesos selectivos de acceso a puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas, que queda redactado en los siguientes términos:
«No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito.
– A razón 10,80 puntos por título, las siguientes titulaciones de Técnico/Técnica Superior en Formación Profesional:
Técnico/Técnica Superior en Química Industrial.
Técnico/Técnica Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.
Técnico/Técnica Superior en Química y Salud Ambiental.
Técnico/Técnica Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines.
Técnico/Técnica Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.
Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
– A razón de 7,2 puntos por título, las siguientes titulaciones de Técnico/Técnica en Formación Profesional:
Técnico/Técnica en Operaciones de Laboratorio.
Las titulaciones equivalentes pueden ser consultadas en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/equivalencias.html)».
Segundo.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social de Vitoria-Gasteiz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de julio de 2026.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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