
N.º 115, viernes 19 de junio de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
2730
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2026, del director general de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se procede a la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas «Fast Track Innobideak» 2026.
Con fecha 6 de febrero de 2026, el director general de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dictó resolución relativa a la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del programa de ayudas «Fast Track Innobideak» 2026.
En el plazo transcurrido desde su publicación se ha recibido un importante volumen de solicitudes, estando el objeto del programa centrado en el apoyo a la realización de proyectos de innovación en los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 y en otro tipo de acciones complementarias para el impulso de la innovación, se alinea con las necesidades actuales de las empresas, que buscan, a través de la ejecución de proyectos de innovación, incrementar su competitividad.
De esta forma procede, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes, aumentar los recursos económicos asignados al programa.
RESUELVO:
Primero.– Aprobar la modificación del apartado 4 del artículo 3 de las bases reguladoras del programa de ayudas «Fast Track Innobideak» 2026, que quedará redactado en los siguientes términos:
«Artículo 3.– Recursos económicos.
1.– Los recursos económicos destinados a este programa ascienden a 13.500.000 euros, canalizándose en 2 líneas de actuación independientes entre sí, a las que las empresas podrán acceder indistintamente: a la línea 1 corresponden 12.500.000 euros para el apoyo a la realización de Proyectos de Innovación y a la línea 2 corresponden 1.000.000 euros.
Estos recursos provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2026.
2.– Los fondos públicos destinados a la financiación del presente programa serán distribuidos entre las solicitantes conforme a criterios de valoración de los proyectos y de la cuantía de las ayudas que correspondan individualmente según lo establecido en estas bases.
3.– Se permitirá el traspaso de excedentes de una línea a otra, para lo que la línea excedentaria habrá de estar resuelta con carácter previo al traspaso de fondos a la otra línea, cuya dotación se incrementará (en este caso con carácter previo a su resolución) con los fondos traspasados de la línea ya resuelta.
4.– Se prevé la posibilidad de, en función de las solicitudes recibidas y en caso de que exista disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, ampliar la cuantía máxima del presupuesto de la línea 1 en 6.500.000 euros adicionales (esto es, hasta un total de 20.000.000 euros para esta convocatoria).
La resolución que disponga la ampliación de la cuantía máxima deberá publicarse en el BOPV, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentación de nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.»
Segundo.– Proceder a la publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.
Tercero.– Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.
En Bilbao, a 10 de junio de 2026.
El director general de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial,
JON ANSOLEAGA UGARTE.
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