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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 106, lunes 8 de junio de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

LANBIDE-SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EMPLEO
2464

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2026, del director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario, correspondiente al ejercicio 2026, de las ayudas a la inversión generadora de empleo estable para personas trabajadoras con discapacidad en los centros especiales de empleo.

Mediante Resolución de 21 de abril de 2026, del director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, se publicó la convocatoria para el año 2026 de las ayudas previstas en la Subsección 2.ª de la Sección 3.ª del Capítulo II del Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo, aprobada por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo en su sesión de 22 de abril de 2026.

En el artículo 50.1 del Decreto 152/2023, de 17 de octubre, según la nueva redacción dada por la disposición final segunda del Decreto 93/2025, de 29 de abril, establece expresamente que las solicitudes se estudiarán por orden de presentación y se concederán las ayudas ordenadamente en función del momento en el que el respectivo expediente esté completo, hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. A su vez, el mismo artículo indica que del agotamiento del crédito presupuestario se dará la oportuna publicidad en el BOPV y se denegarán las subvenciones de solicitudes pendientes.

De la misma forma, en el artículo 2 de la Convocatoria de Ayudas se da a conocer el importe total del crédito asignado a esta convocatoria para el año 2026.

Una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas para la inversión generadora de empleo estable para las personas con discapacidad en centros especiales de empleo reguladas en la Subsección 2.ª de la Sección 3.ª del Capítulo II del Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo.

RESUELVO:

Primero.– Hacer público que el crédito presupuestario asignado para el año 2026 a la financiación de las ayudas para la inversión generadora de empleo estable para personas con discapacidad en centros especiales de empleo contempladas en la Subsección 2.ª de la Sección 3.ª del Capítulo II del Decreto 152/2023, de 17 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo, ha quedado agotado en fecha 4 de mayo de 2026, con el expediente registrado electrónicamente el día 1 de mayo de 2026, a las 01:57 horas, considerándose a efectos de lo dispuesto en la normativa del procedimiento administrativo, como presentado a las 00:00 horas del primer día hábil siguiente.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2026.

El director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo,

FERNANDO PARICIO CARRIÓN.


Análisis documental