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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, miércoles 3 de junio de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2378

ORDEN de 19 de mayo de 2026, de la consejera de Educación, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos del concurso de traslados de carácter autonómico entre el personal funcionario docente del Cuerpo de maestras y maestros de la Comunidad Autónoma Vasca.

Mediante Resolución de 15 de mayo de 2026, de director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, se hace pública la adjudicación provisional de destinos del Concurso de Traslados de carácter autonómico de 2025-2026 entre el personal funcionario docente del cuerpo de maestros y maestras de la Comunidad Autónoma Vasca.

Se han revisado las reclamaciones presentadas contra dicha Resolución e incluido las renuncias admitidas. Asimismo, tras el proceso de adjudicación provisional se han incorporado las modificaciones correspondientes en el baremo de méritos definitivo como consecuencia de la estimación de recursos de alzada presentados. Por último, se han corregido errores en la lista definitiva de admitidos y admitidas con baremos de méritos.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en la base vigesimoctava de la Orden de 13 de noviembre de 2025, de la consejera de Educación, por la que se convoca Concurso de Traslados de ámbito autonómico entre personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 17 de diciembre de 2025),

DISPONGO:

Primera.– Aprobar la adjudicación definitiva del Concurso de Traslados del personal funcionario docente del cuerpo de maestras y maestros de la Comunidad Autónoma Vasca, contenida en el listado que a continuación se relaciona:

Anexo I, Listado de participantes funcionarios y funcionarias de carrera del cuerpo de Maestras y Maestros a los que se les ha concedido destino.

Anexo II, Listado de participantes que han sido seleccionados en los procedimientos selectivos para el ingreso en los cuerpos de funcionarias y funcionarios de carrera del cuerpo de Maestras y Maestros de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que están realizando la fase de prácticas durante el presente curso escolar, a los que se les ha adjudicado destino.

Los destinos adjudicados en el Anexo II estarán condicionados, en su caso, a la superación de la fase de prácticas y nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera

Segunda.– Ordenar la exposición de los anexos anteriores en la página web del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-educacion/ y en la dirección https://hezigunea.euskadi.eus a partir del mismo día de la publicación en el BOPV de la presente Orden. Asimismo, se expondrá en el mismo lugar la lista alfabética de renuncias y reclamaciones estimadas, desestimadas y parcialmente estimadas con indicación de la causa.

Tercera.– Los nombramientos surtirán efectos económicos y administrativos desde el día 1 de septiembre de 2026, realizándose el cese en los centros de procedencia con efectos de 31 de agosto de 2026.

Cuarta.– Quedarán sin efecto los destinos erróneamente adjudicados a los maestros y maestras que no cumplan los requisitos exigidos para la participación en esta convocatoria de Concurso de Traslados, sin que el hecho de aparecer en el anexo correspondiente a esta Orden, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de la convocatoria.

Quinta.– Las maestras y maestros que reingresen al servicio activo como consecuencia del Concurso presentarán antes del 1 de septiembre de 2026, la documentación a que se refiere la base trigésima de la Orden de 13 de noviembre de 2025 (BOPV de 17 de diciembre de 2025), de la convocatoria de Concurso de Traslados.

Sexta.– Tanto las personas reingresadas a que hace referencia la base quinta de la presente Orden, como aquellas funcionarias y funcionarios procedentes de otras comunidades autónomas que hayan obtenido destino definitivo en la CAPV a través del presente Concurso de Traslados, deberán presentar certificado de no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad de indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, emitido por el Registro Central de delincuentes sexuales. No obstante, no deberán presentarlo quienes hayan dado el consentimiento expreso para la consulta de dicho dato, por el Departamento de Educación, a través de los sistemas electrónicos de interoperabilidad (portal de educación Hezigunea accediendo a su espacio restringido, mediante usuario y contraseña en el apartado «Protección del menor»).

Séptima.– Las plazas obtenidas en la presente Orden son irrenunciables. No obstante, cuando se participe simultáneamente por distintos cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por aquel en que desea permanecer en activo en el curso escolar 2026-2027, en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de la Orden de adjudicación definitiva de destinos en el BOPV. De no realizarse dicha opción, se deberá tomar posesión en el puesto obtenido correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo. Las plazas o puestos a los que no se opte tendrán la consideración de vacantes desiertas y se cubrirán reglamentariamente en la forma que determinen las Administraciones educativas.

Octava.– Las maestras y maestros en este Concurso de Traslados que hayan presentado documentación original para la acreditación de méritos alegados, podrán retirarla por sí o por persona debidamente autorizada en la Delegación Territorial a través de la cual hayan concursado, concluido el plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo contra la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2026.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.


Análisis documental