
N.º 93, miércoles 20 de mayo de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
2115
DECRETO 72/2026, de 5 de mayo, por el que se aprueba el cambio de denominación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa – Gipuzkoako Abokatuen Elkargoa, por el de Ilustre Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa – Gipuzkoako Abokatuen Elkargo Prestua.
El artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía atribuye a la comunidad autónoma de Euskadi competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y ejercicio de profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.
El Ilustre Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa – Gipuzkoako Abokatuen Elkargoa presentó una solicitud para la aprobación de la modificación de sus estatutos, en la cual se incluye el cambio de denominación del Colegio.
Los artículos 28.2 y 29.3 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de Ejercicio de Profesiones Tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales, establecen que para la modificación de la denominación de los colegios profesionales será necesario informe del consejo profesional correspondiente y la aprobación del Gobierno mediante decreto, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.
En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno y cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 5 de mayo de 2026,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar el cambio de denominación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa – Gipuzkoako Abokatuen Elkargoa, que pasará a denominarse en lo sucesivo Ilustre Colegio de la Abogacía de Gipuzkoa – Gipuzkoako Abokatuen Elkargo Prestua.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 5 de mayo de 2026.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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