
N.º 77, lunes 27 de abril de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
1743
RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2026, de la directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo de un pozo de bombeo en el PK 2+600 de la línea Lutxana-Sondika».
El tramo ferroviario entre los pasos a nivel Asua I y Asua II, perteneciente a la Línea 7 Lutxana-Sondika, presenta una problemática recurrente: acumulación de aguas pluviales en puntos bajos, que provoca inundaciones en la plataforma con la consecuente afección al servicio ferroviario. Se considera por ello necesario adoptar medidas preventivas que garanticen la protección frente a inundaciones.
El proyecto tiene por objeto la instalación de un sistema de bombeo prefabricado que permita la evacuación eficiente de aguas pluviales y residuales, evitando la inundación de la vía en el entorno del PK 2+600.
El alcance incluye:
• Suministro e instalación de un pozo de bombeo prefabricado con capacidad suficiente para el caudal previsto.
• Montaje de dos bombas sumergibles con sistema antiatasco.
• Instalación de cuadro eléctrico de intemperie, con protecciones, boyas de nivel y alarma.
• Ejecución de tuberías de impulsión y cruces técnicos definidos bajo la losa y en el paso a nivel.
• Realización de pruebas funcionales, puesta en servicio y entrega conforme normativa vigente.
• Cerramiento de la instalación para restringir el acceso a la misma.
• Acceso a obra, para posteriores trabajos de mantenimiento.
El sistema de bombeo se proyecta en la Línea 7 Lutxana-Sondika, en el tramo comprendido entre los pasos a nivel Asua I y Asua II, que abarca desde el PK 2+507 hasta el PK 2+778. Este tramo presenta una topografía desfavorable, con un punto bajo en torno al PK 2+600, donde se concentra la escorrentía superficial y se han registrado episodios recurrentes de inundación de la plataforma ferroviaria.
La ubicación prevista para el pozo de bombeo se sitúa en el margen de la vía, en el entorno del PK 2+600, con una cota de rasante de 3,41 m, garantizando accesibilidad para mantenimiento y evitando interferencias con la superestructura ferroviaria.
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende noventa y dos mil trescientos ochenta y tres euros con sesenta y un céntimos (92.383,61), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de ciento treinta y tres mil veintitrés euros con diecisiete céntimos (133.023,17), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de ciento quince mil treinta y cinco euros con cuarenta y nueve céntimos (115.035,49).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de tres (3) meses.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la aprobación de los proyectos de la red ferroviaria vasca, según lo dispuesto en el artículo 11.2.b) del Decreto 382/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Movilidad Sostenible.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Aprobar el «Proyecto constructivo de un pozo de bombeo en el PK 2+600 de la línea Lutxana-Sondika» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de ciento treinta y tres mil veintitrés euros con diecisiete céntimos (133.023,17), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de tres (3) meses.
Segundo.– La aprobación de este Proyecto constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2026.
La directora de Infraestructuras del Transporte,
MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.
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