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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 66, viernes 10 de abril de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
1544

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2026, del director de Juventud y Emancipación, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto de actividades de ocio educativo y tiempo libre.

El Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico ha elaborado el proyecto de Decreto de actividades de ocio educativo y tiempo libre que ha de tramitarse conforme determina la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

En cumplimiento de las disposiciones de la citada ley, la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico dictó, con fecha 20 de marzo de 2026, la Orden por la que se dio inicio al procedimiento para la elaboración del citado proyecto de Decreto. Mediante esta Orden se declara la tramitación urgente del procedimiento de elaboración del proyecto de decreto, habilitando la reducción a la mitad de los plazos para la emisión de informes o alegaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, los trámites de audiencia e información pública se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepciones previstas en este artículo.

A tal efecto, se somete el proyecto de actividades de ocio educativo y tiempo libre, al trámite de audiencia e información pública, por un período de 15 días hábiles, a contar desde del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 20 de marzo de 2026, de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico por la que se da inicio al procedimiento para la elaboración del mencionado proyecto de Decreto, en relación con el artículo 16.1.a) del Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

RESUELVO:

Primero.– Someter al trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto de actividades de ocio educativo y tiempo libre, por un periodo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones, el contenido del proyecto de Decreto estará disponible en la Dirección de Juventud y Emancipación del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, primera planta) y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/

Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar de manera electrónica en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/ y presencialmente en la Dirección de Juventud y Emancipación del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, primera planta), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tendrán que ir dirigidas al Director de Dirección de Juventud y Emancipación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de marzo de 2026.

El director de Juventud y Emancipación,

ADRIÁN LÓPEZ SARACHAGA.


Análisis documental