
N.º 66, viernes 10 de abril de 2026
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DISPOSICIONES GENERALES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1532
DECRETO 8/2026, de 27 de enero, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
El Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos estableció una nueva estructura departamental, procediendo a la asignación de funciones y áreas de actuación entre los nuevos Departamentos.
Con posterioridad, el Decreto 36/2024, de 30 de julio, del lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos atribuye dos nuevas áreas de actuación: la de «Emprendimiento de base tecnológica» y la de «Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasaia» al Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
La Disposición Final Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, establece que los consejeros y consejeras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley de Gobierno, procederán a presentar al lehendakari, para su aprobación, con anterioridad al 31 de octubre de 2024, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos.
Así, en cumplimiento de tal mandato, el 10 de diciembre se publicó, en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 239, el Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. La nueva estructura y los cambios habidos desde entonces han puesto de manifiesto la necesidad de realizar determinados ajustes para facilitar y garantizar una eficaz y eficiente gestión administrativa.
Recientemente, el Gobierno Vasco, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2025, decidió incorporar al patrimonio empresarial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la participación que SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial ostentaba en el capital social de Sprilur, S.A., por lo que, en la actualidad, esta Administración General es la titular única de las acciones de la Sociedad. Dicha sociedad, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2025 ha modificado sus estatutos, pasando a denominarse Azpilur Euskadi, S.A.M.P.
Así mismo, se ha considerado conveniente clarificar las funciones que corresponden a las diferentes direcciones del Departamento en relación con las actuaciones de los delegados y delegadas territoriales del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
En este contexto, se hace necesaria la modificación de la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
En su virtud, a propuesta del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, previa aprobación del lehendakari, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 27 de enero de 2026,
DISPONGO:
Artículo primero.– Modificación del apartado C) del artículo 2 (Estructura general) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
Se añade un subapartado 2.2 al apartado C) (Entidades del Sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«2.2.– Azpilur Euskadi, S.A.M.P.»
Artículo segundo.– Modificación del apartado 1 del artículo 5 (La Dirección de Servicios) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
Se añade un subapartado aa) al apartado 1 del artículo 5 (La Dirección de Servicios) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«aa) Resolver los recursos de alzada contra las actuaciones de los delegados y delegadas territoriales de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad en el área de Servicios Generales.»
Artículo tercero.– –Modificación del artículo 11 (La Viceconsejería de Promoción Industrial) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
1.– Se modifica el apartado 3 del artículo 11 (La Viceconsejería de Promoción Industrial) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«3.– La Viceconsejería de Promoción Industrial ejercerá las competencias que se derivan de la adscripción al departamento del ente público de derecho privado: SPRI-Agencia vasca de Desarrollo Empresarial y de la sociedad pública Azpilur Euskadi, S.A.M.P.»
2.– Se añade un apartado 5 al artículo 11 (La Viceconsejería de Promoción Industrial) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«5.– La Viceconsejería de Promoción Industrial resolverá los recursos de alzada contra las actuaciones de los delegados y delegadas territoriales de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad en el área de Promoción Industrial».
Artículo cuarto.– Modificación del apartado 1 del artículo 12 (La Dirección de Desarrollo y Administración Industrial) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
Se añade un subapartado q) al apartado 1 del artículo 12 (La Dirección de Desarrollo y Administración Industrial) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«q) Resolver los recursos de alzada contra las actuaciones de los delegados y delegadas territoriales de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad en el Área de Industria, el Área de Seguridad Industrial y el Área de Minas».
Artículo quinto.– Modificación del apartado 1 del artículo 15 (La Dirección de Descarbonización) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
Se añade un subapartado p) al apartado 1 del artículo 15 (La Dirección de Descarbonización) del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, que queda redactado como sigue:
«p) Resolver los recursos de alzada contra las actuaciones de los delegados y delegadas territoriales de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad en el Área de Energía.»
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.– Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de enero de 2026.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,
MIKEL JAUREGI LETEMENDIA.
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