Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, martes 7 de abril de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
1465

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2026, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que dispone el registro, publicación y depósito del acuerdo sobre tablas salariales del año 2025 del Convenio Colectivo de Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa) (código de convenio 86100302012017).

ANTECEDENTES

El día 3 de marzo de 2026 se ha presentado en REGCON, la documentación referida al acuerdo de la comisión firmante del Convenio Colectivo citado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Se crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo mediante el artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. El artículo 7.1.e) establece, entre sus funciones, la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales.

Así mismo, el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo dispone en el artículo 13.1.i) que corresponde a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social dirigir y gestionar el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco.

Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 de Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tercero.– El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos. Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, del Decreto 9/2011, de 25 de enero (modificado por el Decreto 20/2023, de 14 de febrero), del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de marzo de 2026.

La directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE.

ACUERDO COLECTIVO INCREMENTO RETRIBUTIVO PARA EL AÑO 2025 DE LA SOCIEDAD PÚBLICA «VIVIENDA Y SUELO DE EUSKADI, S.A./EUSKADIKO ETXEBIZITZA ETA LURRA, S.A.»

La Dirección General de la sociedad pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. / Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, S.A.» (Visesa) y la Representación Legal de los Trabajadores han alcanzado un Acuerdo Colectivo sobre las retribuciones del personal para el año 2025, con la redacción siguiente:

PREÁMBULO

El RDL 14/2025 del 2 de diciembre de 2025, aprobó un aumento retributivo máximo del 2,5 % respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024.

Así mismo, el 20-01-2026 el Consejo de Gobierno ha acordado la autorización, con efectos 1 de enero de 2025, de un incremento retributivo general del 2,5 % con respecto a las retribuciones anuales íntegras a 31 de diciembre de 2024 para el personal al servicio del sector público.

ACUERDAN:

Primero.– Determinación del incremento salarial para el año 2025 y aplicación.

De conformidad con lo expresado anteriormente, las partes suscribientes acuerdan para el año 2025 un incremento retributivo del 2,5 %, de las retribuciones del personal al servicio del sector público, desde el 1 de enero de 2025, con respecto a las vigentes al 31 de diciembre de 2024.

El incremento se materializará en la nómina de febrero de 2026. Los atrasos correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2025 y de enero de 2026 se abonarán a lo largo del mes de febrero de 2026.

Segundo.– Delegar en Paz Torquemada (DNI: ***9888**) la tramitación en el Registro y Depósito de Convenios, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de enero de 2026.

Director General: Carlos Quindós Fernández.

CCOO: Ricardo Jesús Medina Martín.

CCOO: Alberto Garate Milla.

CCOO Independiente: Aixa Palacios Hernández.

ELA: M.ª Francisca del Monte Sánchez.

ELA: Cristina Martínez Sainz.

(Véase el .PDF)

Análisis documental