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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, viernes 27 de marzo de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1356

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2026, del delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa, por la que se corrige y complementa la Resolución de 3 de marzo de 2026, por la que se otorgan autorización administrativa previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora 132/30 kV denominada ST Oiartzun, en el término municipal de Oiartzun. Ref. ATY-2025-141.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 3 de marzo de 2026 se dictó Resolución del delegado territorial de Gipuzkoa del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se otorgaron autorizaciones administrativas previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora 132/30 kV denominada ST Oiartzun en el término municipal de Oiartzun.

2.– Con posterioridad a su firma se ha advertido la omisión en el texto de la resolución del apartado relativo a las condiciones generales de aplicación y ejecución de la instalación autorizada, cuya inclusión resulta necesaria para su correcta interpretación y aplicación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1.– El artículo 109.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2.– La rectificación que se realiza mediante la presente Resolución tiene por objeto subsanar una omisión producida en la redacción de la resolución anteriormente citada, sin alterar el contenido sustantivo de la decisión adoptada ni afectar a derechos de terceros.

3.– En consecuencia, procede incorporar el apartado omitido con el fin de garantizar la correcta aplicación de la resolución.

4.– El delegado territorial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 410/2024, del 3 de diciembre, por el que se establece estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el delegado territorial de Gipuzkoa

RESUELVO:

1.– Corregir y complementar la Resolución de fecha 3 de marzo de 2026 dictada por delegado territorial de Gipuzkoa del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, en el sentido de incorporar el siguiente apartado, que deberá entenderse integrado en la misma, a continuación del apartado «RESUELVO»:

«Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020, de 31 de marzo, y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– En el plazo máximo de un mes desde su puesta en servicio se deberán realizar mediciones de ruido en los límites de la parcela por entidad externa autorizada como Empresas Colaboradoras de la Administración y acreditada por ENAC en la materia.

5.– En el plazo máximo de dos meses desde su puesta en servicio, deberá remitirse a esta Delegación Territorial de Gipuzkoa informe de las mediciones de ruido emitido por la Empresa Colaboradora de la Administración.

6.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.»

2.– Mantener en todos sus términos el resto del contenido de la Resolución de 3 de marzo de 2026 del delegado territorial de Gipuzkoa del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

3.– Notificar la presente Resolución a los organismos y personas interesadas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el director de Descarbonización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 18 de marzo de 2026.

El delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa,

ANTTON ARRIETA INSAUSTI.


Análisis documental