
N.º 54, viernes 20 de marzo de 2026
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1239
RESOLUCIÓN 468/2026, de 5 de marzo, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en las categorías (varios puestos funcionales) del grupo profesional de subalternos/as-operarios/as, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2023-2024-2025. Dicha resolución es modificada por Resolución 443/2026, de 27 de febrero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 12 de marzo de 2026.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Convocar los procesos selectivos que son objeto de las presentes bases.
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en las categorías (varios puestos funcionales) del grupo profesional de subalternos/as-operarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Los puestos funcionales son los siguientes:
Celador/a.
Operario/a de servicios.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resolución.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente que figura como Anexo IV de la presente Resolución.
Sexto.– Establecer como plazo para presentar las solicitudes de participación en la presente convocatoria desde el día 23 de marzo hasta las 14:00 del día 22 de abril de 2026, de acuerdo con lo previsto en la base 10.3 de la Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales.
Séptimo.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 2026.
La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LAS CATEGORÍAS (VARIOS PUESTOS FUNCIONALES) DEL GRUPO PROFESIONAL DE SUBALTERNOS/AS-OPERARIOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria.
1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de las categorías (varios puestos funcionales) del grupo profesional de subalternos/as-operarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personas con discapacidad el 7 %, de conformidad con la distribución establecida en la base 5 de las bases generales, recogidos en el Anexo II.
2.– Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en los procesos que aquí se regulan, las personas aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión, conforme a lo dispuesto en el apartado 8.2.) de las bases generales, de la Certificación de años cursados (ESO o equivalente) expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo E: 10 euros.
3.– Desarrollo del concurso oposición.
3.1.– Alegación de requisitos y de méritos. Presentación de documentación.
Tras la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas prevista en el apartado 12.2 de las bases generales, las personas que figuren en la relación definitiva de personas admitidas y aquellas que, figurando como excluidas, hayan interpuesto o vayan a interponer recurso de alzada dentro del plazo previsto para ello, deberán alegar y adjuntar, en la forma y plazo establecidos en el apartado 12.3 de las bases generales, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria, así como de los méritos valorables.
La titulación exigida para el acceso a cada categoría y puesto funcional es la titulación de Certificación de años cursados (ESO o equivalente) expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
3.2.– Fase de oposición.
Al tribunal calificador le corresponde la determinación del contenido de la prueba y su calificación, adoptando cuantas medidas estime necesarias para el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando la transparencia y objetividad del mismo.
El tribunal podrá solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud la participación de personas asesoras que colaboren con sus miembros en el desarrollo del proceso selectivo en sus diferentes fases. Dichas personas deberán reunir el requisito de titulación exigido a las personas integrantes del tribunal.
La prueba consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV.
Las preguntas del ejercicio se extraerán de la batería que se facilitará con una antelación de al menos 12 semanas en la página web de Osakidetza.
3.3.– Fase de concurso.
Se valorarán los méritos alegados y acreditados en la forma y plazo establecidos en el apartado 12.3 de las bases generales, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales.
ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS
Conforme a lo previsto en la base 5 de las bases generales aprobadas por Resolución 120/2026, de 28 de enero, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan los siguientes destinos:
(Véase el .PDF)
En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán a los de acceso general del turno correspondiente, promoción interna o turno libre.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 6 de las bases generales, la identificación de los destinos objeto de esta convocatoria se realizará tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la resolución de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud de adjudicación definitiva de destinos del ciclo correspondiente del concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LAS CATEGORÍAS (VARIOS PUESTOS FUNCIONALES) DEL GRUPO PROFESIONAL DE SUBALTERNOS/AS-OPERARIOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1) Experiencia profesional (máximo, 60 puntos).
Se computará el tiempo de servicios que las personas aspirantes tuvieran reconocidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, con un máximo de 20 años.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
1.– Por cada mes de servicios prestados en el puesto funcional convocado en el proceso selectivo en el que se participa en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,25 puntos.
Asimismo, dicho cómputo será de aplicación en el caso de desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión o coordinación del ámbito que le corresponde al puesto funcional convocado en el proceso selectivo en el que se participa.
2.– Se computarán en un porcentaje del 75 % los servicios prestados en Osakidetza en puestos funcionales del mismo grupo profesional o del inmediatamente superior, siempre que no sea posible optar a dichos puestos debido a su desaparición por modificación normativa o por no poseer la titulación de forma sobrevenida. Esta valoración se aplicará previa solicitud de la persona aspirante.
Dicha solicitud será asimismo vinculante para futuros procesos derivados de la presente Oferta de Empleo, incluida la elaboración de las próximas listas de contratación temporal. La solicitud deberá presentarse dentro del establecido en el apartado 12.3 de las bases generales para la presentación de documentación, en los términos que se determinan en las presentes bases y en la resolución que contenga la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de cada proceso selectivo.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,15 puntos/mes.
b) Servicios prestados en el mismo puesto al que se opta: 0,25 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo, se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
2) Euskera:
– Para la categoría de Celador/a, PL2: 16 puntos.
– PL1: 8 puntos.
ANEXO IV
I.– TEMARIO COMÚN DEL GRUPO PROFESIONAL DE SUBALTERNOS/AS-OPERARIOS/AS.
1.– Ordenación de las profesiones sanitarias: Normas Generales. Del ejercicio de las profesiones sanitarias. De la formación de las profesiones sanitarias. Del desarrollo profesional y su reconocimiento.
2.– Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: Disposiciones generales. De las prestaciones. De los profesionales. De la investigación. Del sistema de información sanitaria. De la calidad.
3.– Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Movilidad del personal. Carrera profesional. Situaciones del personal estatutario.
4.– De la Ordenación Sanitaria de Euskadi: Sistema sanitario de Euskadi-Ordenación. Organización de las estructuras públicas de provisión de servicios sanitarios-Configuración. Régimen de personal.
5.– Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». Organización Rectora. Organización central.
6.– Las organizaciones sanitarias integradas del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
7.– Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi: Disposiciones generales. Derechos y Deberes. Servicios de atención a pacientes y personas usuarias.
8.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: Principios generales. Derecho de información sanitaria. Derecho a la intimidad. Respeto a la autonomía del paciente.
9.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad. Objeto. Contenido del derecho a la expresión anticipada de voluntades en el ámbito de la sanidad. Documento de voluntades anticipadas. Modificación, sustitución y revocación.
10.– Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas. Autoridades autonómicas de protección de datos. Régimen sancionador.
11.– Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
12.– Plan de Salud de Euskadi 2030: Principios rectores. Retos estratégicos. Objetivos y Líneas Estratégicas.
13.– Pacto Vasco de Salud de Euskadi: Objetivos. Valores y principios. Líneas estratégicas.
14.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 2030. Objetivos. Líneas de acción corporativas.
15.– II Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Osakidetza 2025-2028: Objetivos. Líneas Estratégicas.
16.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza: Fundamentos. Objetivos. Áreas de actuación.
17.– Plan Oncológico Integral de Euskadi 2025-2030.
18.– Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
19.– Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
II.– TEMARIO ESPECÍFICO.
CELADOR/A
1.– Los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud: Definición. Domicilio. Fines. Personalidad jurídica y capacidad de obrar. Organización Rectora.
2.– Organizaciones de Servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Reconocimiento legal. Facultades. Régimen orgánico y funcional. Relación de organizaciones de servicio sanitarias.
3.– Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Jornada de trabajo. Descanso y vacaciones. Licencias y permisos.
4.– Manual de organización de celadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Movilidad de pacientes. Medios mecánicos para facilitar la movilidad de los pacientes. El manejo de la cama/camilla y de la silla de ruedas. Otros materiales, equipos o aparatos. Diccionario de términos.
5.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, cómo se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores/as de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador/a y de la persona responsable inmediata, actuaciones a realizar ante una agresión.
OPERARIO/A DE SERVICIOS
1.– Organizaciones de Servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Reconocimiento legal. Facultades. Régimen orgánico y funcional. Relación de organizaciones de servicio sanitarias.
2.– Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Jornada de Trabajo. Descanso y vacaciones. Licencias y permisos.
3.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, como se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores/as de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador/a y de la persona responsable inmediata, actuaciones a realizar ante una agresión.
4.– La cocina. División del local: Departamentos comunes. Departamentos condicionados. Distintos tipos de fogones: de gas propano, gas ciudad, de carbón mineral, de gasoil, eléctrico. Otros generadores de calor: salamandra, freidoras, parrilla y plancha parrilla, prusiana, asador, marmitas y ollas a presión, mesa caliente, sartenes abatibles, baño maría.
5.– Generadores del frío: elementos empleados en la conservación alimentos perecederos. Balanza y mesas de trabajo. Marmita con tapa. Sartén escurridor. Medidas de capacidad. Pasapurés. Colador chino. Mortero. Rallador manual. Cacerola. Paellera. Cazuela de barro. Tipos de Cuchillos: de golpe y de medio golpe, cebollero, deshuesador, trinchante, puntilla, jamonero, machete, pelador.
6.– Higiene en los centros sanitarios. Importancia de la limpieza en un hospital. Limpieza y desinfección. Normas generales a tener en cuenta en la limpieza hospitalaria. Tipología de zonas: zonas generales (bajo riesgo), zonas de riesgo medio, zonas críticas.
7.– Utensilios, maquinaria y productos mínimos para realizar la limpieza de cada una de las zonas de un hospital. Elección de materiales y productos en el ámbito hospitalario. Limpieza de habitaciones según situaciones: ocupada, desocupada, libre aislada. Limpieza de quirófanos. Limpieza de zonas no estériles.
8.– Procesamiento de la ropa. En área sucia. Técnicas de lavado (temperaturas, tiempos) e ideas básicas de eliminación de manchas. En área limpia (centrifugado, secado, calandrado). En ropero (almacenamiento y distribución). Control del agua. Secado de ropas y prendas de la institución hospitalaria.
9.– Las secadoras, planchadoras, acabado y plegado.
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