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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, lunes 16 de marzo de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
1168

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2026, del director de Atención a la Ciudadanía e Innovación Administrativa, por la que se somete a información pública el anteproyecto de Ley de agilización y simplificación administrativa del sector público vasco.

El Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno del Gobierno Vasco ha elaborado el anteproyecto de Ley de agilización y simplificación administrativa del sector público vasco, actualmente en tramitación conforme a la normativa de aplicación vigente.

En primer lugar, se sustanció consulta pública previa a la elaboración del texto de la norma mediante anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en el portal de gobierno abierto y participación ciudadana, Irekia. Ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general y en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En segundo lugar, en cumplimiento de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, mediante Orden de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, de 3 de diciembre de 2025, se dio inicio al procedimiento de la elaboración del anteproyecto de Ley.

En la misma se designó a la Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación Administrativa como órgano encargado de la tramitación de este procedimiento normativo, de acuerdo con las competencias atribuidas a la misma en el epígrafe b) del apartado 1 del artículo 21 del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno para «elaborar proyectos de disposiciones de carácter general, iniciativas normativas e instrucciones en materia de organización, procesos de gestión y procedimientos, procurando su simplificación, la reducción de cargas administrativas y la mejora de su calidad y eficiencia para la ciudadanía».

Todo ello respecto a las funciones y áreas de actuación del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, previstas en el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos:

f) Modernización y reforma de la Administración, así como de la administración digital y del gobierno electrónico y de la política de transparencia. Gestión de la plataforma Irekia – Gobierno Abierto.

m) Régimen de la organización y procedimiento de las Administraciones Públicas Vascas, así como el diseño del modelo de aplicación de la Gobernanza Pública Vasca en la definición y ejecución de las políticas públicas.

q) Transformación digital del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

s) Mejorar la administración electrónica y los servicios públicos digitales.

En tercer lugar, en cumplimiento de la citada Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, mediante Orden de 28 de enero de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno se ha aprobado, de forma previa, el texto bilingüe del anteproyecto de Ley.

El sector público vasco lleva tiempo abordando líneas de actuación encaminadas a preparar al sector público vasco ante el cada vez mayor cambio tecnológico de la sociedad, el desarrollo de la administración electrónica y una ciudadanía satisfecha con los poderes públicos.

No obstante, es necesario continuar abordando líneas de actuación encaminadas a profundizar en el compromiso de una administración más cercana, sencilla, eficaz y eficiente, poniendo a la ciudadanía en el centro; orientando aspectos de proceso, procedimentales e instrumentales hacia la racionalización, agilización y simplificación administrativa y la reducción de cargas, esfuerzos y costes dedicados a las mismas.

De esta forma, la iniciativa supondrá un nuevo paso en el marco jurídico propio en materias de gobernanza publica en general y de administración digital y atención a la ciudadanía en particular. La norma, con visión de país, situará a Euskadi en estas materias en el contexto europeo y hará suyas las seis dimensiones del «Marco normativo para el gobierno digital» (Digital Government Policy Framework) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico-OCDE: digital desde el diseño, sector público basado en datos, gobierno como plataforma, abierto por defecto, centrado en las personas usuarias y proactivo.

El anteproyecto de ley constituye una nueva iniciativa para abordar la desburocratización de la Administración pública explorando nuevos mecanismos para operar de manera eficiente, ágil y adaptada a todo tipo de personas, un pilar fundamental para, en definitiva, mejorar la atención a la ciudadanía en todos los canales disponibles y facilitar el día a día de las personas que viven en Euskadi.

Por todo ello, el objeto del anteproyecto de ley es orientar los servicios digitales y la atención a la ciudadanía con una visión centrada en esta, de forma transversal, integral, y multicanal; así como regular la simplificación administrativa y la agilización de los procedimientos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, de 30 de junio, las disposiciones de carácter general que afecten de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas serán objeto del trámite de consulta previa, audiencia, e información pública.

A tal efecto, se somete el anteproyecto de ley de agilización y simplificación administrativa del sector público vasco al trámite de información pública, que será efectivo por un plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el epígrafe b) del apartado 1 del artículo 21 del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

RESUELVO:

Primero.– Someter al trámite de información pública el anteproyecto de Ley de agilización y simplificación administrativa del sector público vasco, por un plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto indicado estará disponible en la Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación Administrativa del Gobierno Vasco, sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (www.euskadi.eus).

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2026.

El director de Atención a la Ciudadanía e Innovación Administrativa,

SABINO SAN VICENTE ÁLVAREZ.


Análisis documental