
N.º 49, jueves 12 de marzo de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1107
RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2026, del delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa, por la que se otorga autorización administrativa previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora 132/30 kV denominada ST Oiartzun, en el término municipal de Oiartzun. Referencia: ATY 2025/141.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.– Con fecha 15 de octubre de 2025 la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con domicilio en San Sebastián, calle Mikeletegi 1/3, solicitó autorización administrativa previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora de 132/30 kV ST Oiartzun, en el término municipal de Oiartzun, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente.
2.– En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo (BOPV de 24-04-2020) y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013), y en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (BOE de 09-06-2014), dicho proyecto se sometió a información pública.
3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio, en el BOG y BOPV de fecha 20 de noviembre de 2025.
4.– Se remitió así mismo la separata correspondiente al Ayuntamiento de Oiartzun, solicitándole su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso.
5.– No se ha recibido contestación a la solicitud de conformidad u oposición al proyecto, y en su caso, el establecimiento del condicionado técnico procedente.
6.– Dentro del período de información pública, no se presentaron escritos de alegaciones al proyecto.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
1.– El delegado Territorial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 410/2024, del 3 de diciembre, por el que se establece estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
2.– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa y de construcción.
3.– El Decreto 48/2020, de 31 de marzo, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
4.– En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites procedimentales previstos tanto en las normas reguladoras del procedimiento administrativo como en la legislación citada.
5.– Que el proyecto cumple con las exigencias técnicas contenidas en las normativas de seguridad que le son de aplicación.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el delegado Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa
RESUELVE:
Otorgar autorizaciones administrativas previa y de construcción a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. para la reforma de la subestación transformadora 132/30 kV denominada ST Oiartzun, en el término municipal de Oiartzun.
El alcance de la reforma será la siguiente:
a) Transformación.
– Se sustituye el transformador T-1 de relación 132/30 kV por un nuevo transformador de 48/60 MVA ONAN/ONAF de potencia.
– Se instala un nuevo transformador (T-3) de relación 30/13 kV y potencia 20/25 MVA ONAN/ONAF.
b) Sistema de 30 KV.
– Se añadirá en el Módulo 1 de 30 kV de configuración en doble barra la siguiente posición:
• Una (1) posición de transformador blindada de interior con interruptor (para alimentación al nuevo transformador 30/13 kV T-3).
c) Sistema de 13 KV.
Se dota a la Subestación de un nuevo sistema de 13 kV blindado de interior, con configuración de simple barra. Se alimentará del nuevo transformador 30/13 kV (T-3) y estará constituido por las siguientes posiciones:
– Una (1) posición de transformador blindada de interior con interruptor.
– Tres (3) posiciones de línea blindadas de interior con interruptor.
– Una (1) posición de medida sin interruptor.
– Una (1) posición de partición blindada de interior con interruptor.
d) Resistencia puesta a tierra.
Se instalará una (1) resistencia monofásica de puesta a tierra de 500 A - 15 segundos, asociada a la salida en 13 kV del nuevo transformador de potencia T-3.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el director de Descarbonización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En San Sebastián, a 3 de marzo de 2026.
El delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Gipuzkoa,
ANTTON ARRIETA INSAUSTI.
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