
N.º 46, lunes 9 de marzo de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
1031
ORDEN de 20 de febrero de 2026, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se procede al nombramiento de las personas vocales que formarán parte del Consejo Social del Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adscrito a Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
El Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante, COE) fue calificado mediante Resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal de fecha 12 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de julio de 2022. Con su calificación se produjo su incorporación a la Red de Centros Públicos de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo, prevista en el Protocolo para la creación de los Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento, aprobado por la LXXIX Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión LXXIX, celebrada el 28 de abril de 2021.
El apartado seis de la citada resolución de calificación establece que el COE contará con un Consejo Social, como órgano de planificación y participación social y será presidido por la administración titular de los mismos.
Mediante Orden de 4 de diciembre de 2025, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, publicada en el BOPV de 23 de diciembre de 2025, se procede a la creación del Consejo Social del Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como órgano tripartito y paritario, adscrito a Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
El artículo 5 de la citada orden regula la composición del Consejo Social que estará integrada por miembros representantes de la administración y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, detallando que ostentan la condición de miembros titulares:
a) Por parte de la administración:
– La persona que ostente la viceconsejería competente en materia de empleo e inclusión del Gobierno Vasco.
– La persona que ostente la dirección general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
– La persona que ostente la dirección competente en materia de empleo de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
b) Tres vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas en el País Vasco participantes en el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, correspondiendo una vocalía a cada una de ellas.
c) Tres vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas en el País Vasco participantes en el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
Por su parte, el artículo 8 de la orden establece que las y los miembros del Consejo Social, salvo el de aquellos que lo sean por razón de su cargo, serán nombradas por el consejero o consejera competente en materia de empleo, a propuesta de las organizaciones participantes.
Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del País Vasco, participantes en el Consejo de Administración de Lanbide, han designado en el plazo establecido a las y los miembros correspondientes, tanto titulares como suplentes, y se ha de proceder a su nombramiento.
Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO:
Primero.– Nombrar como vocales del Consejo Social del Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el empleo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a las siguientes personas:
– En representación de las organizaciones empresariales más representativas (Confederación Empresarial vasca, CONFEBASK).
Titulares:
D. Carlos Pereda Martínez de Musitu.
D. Asier Aloria Sánchez.
D. Patxi Olabarria López.
Suplentes:
D. Gonzalo Salcedo Bilbao.
D. Mikel Sarriegi García.
Dña. Yoana Arambalza Aretxaga.
– En representación de las organizaciones sindicales más representativas:
Titulares:
Dña. Estibaliz Montero Mendoza (CCOO).
Dña. Pilar Olivas Hernández (UGT).
Dña. Leyre Trigueros Labeaga (LAB).
Suplentes:
D. Gregorio Martín Benito (CCOO).
D. Juanma González Mosquera (UGT).
Dña. Aizpea Aranburu Etxabe (LAB).
Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden surtirá efectos desde su aprobación.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de febrero de 2026.
El vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo,
MIGUEL TORRES LORENZO.
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