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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 43, miércoles 4 de marzo de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
979

ORDEN de 17 de febrero de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 13 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Donostia Internacional Physics Center.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 1 de octubre de 2025 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Donostia Internacional Physics Center.

Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El 23 de junio de 2025 se acuerda por el patronato de la fundación la modificación del artículo 13 de los estatutos de la Fundación relativo a la composición del patronato, para permitir la incorporación de Kutxabank S.A. al Patronato de la entidad.

Tercero.– El antedicho acuerdo ha sido elevado a público el 3 de septiembre de 2025, ante el notario D. Diego María Granados de Asensio (número de protocolo: 1.104).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del expediente de modificación estatutaria.

Lo anterior, en aplicación del artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 317/2024, de 29 e octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales y se ha cumplido, especialmente, lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

El texto refundido de los estatutos fundacionales aportados junto a la escritura de protocolización de acuerdos sociales otorgada el 3 de septiembre de 2025 (número de protocolo: 1.104), ante el notario Diego M.ª Granados de Asensio, serán a efectos de inscripción, la última versión válida a tener en cuenta por el registro de Fundaciones del País Vasco.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 13 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Donostia Internacional Physics Center.

Dicha modificación ha sido acordada por el Patronato de la Fundación el 23 de junio de 2025, con fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 3 de septiembre de 2025, ante el notario, Diego María Granados de Asensio (número de protocolo: 1.104).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Tercero.– La presente Orden agota la vía administrativa; contra ella cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, ante esta consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Cuarto.– Se recuerda a la fundación que los acuerdos de nombramiento y cese de los miembros del patronato han de inscribirse en el Registro de Fundaciones del País Vasco. Por ello, una vez se produzca el nombramiento de las personas que representen a Kutxabank S.A. en el patronato de la Fundación, dichos nombramientos deberán ser comunicados, en el plazo de 3 meses desde la adopción del acuerdo, al Registro de Fundaciones del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2026.

La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

MARÍA UBARRECHENA CID.


Análisis documental