
N.º 33, miércoles 18 de febrero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
730
RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2026, del director de Desarrollo y Administración Industrial, por la que se aprueba la revisión 2.ª, de la versión V.2 de la Instrucción de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad Autónoma de Euskadi, «Instrucción IAT-ITV».
La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, al objeto de mantener una uniformidad de criterios y actuaciones por parte de las empresas concesionarias del servicio de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Euskadi, ha dispuesto desde la década de los años noventa, una serie de instrucciones que se han ido adaptando a las distintas normativas, tanto estatales como autonómicas, vinculadas con los vehículos.
La entrada en vigor de la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, así como del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, dio lugar a cambios significativos en las diversas instrucciones existentes hasta la fecha, obligando a una remodelación total de las mismas y a su incorporación en un único documento, denominado «Instrucción IAT-ITV».
La necesidad de establecer un procedimiento administrativo y de control, previo a la matriculación, de los vehículos procedentes de terceros países, cuyas personas titulares cambian de residencia a la Comunidad Autónoma de Euskadi, careciendo dichos vehículos de número de identificación grabado en el bastidor o en la estructura autoportante, por no existir obligación de ello en el país en el que fueron comercializados, hace necesaria la aprobación de un nuevo criterio de aplicación y su inclusión en el Anexo X de la mencionada instrucción.
Por lo tanto, la «Instrucción IAT-ITV» debe adaptarse a las actualizaciones mencionadas, las cuales han sido supervisadas por los diversos estamentos técnicos vinculados al Área de Industria y han sido comunicadas a las Empresas Concesionarias del servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Por todo ello, en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 12 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,
RESUELVO:
Primero.– Aprobar la revisión 2.ª de la versión V.2 de la Instrucción de Inspección Técnica de Vehículos en Euskadi «Instrucción IAT-ITV», la cual será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segundo.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, y su anexo en la siguiente dirección web:
https://www.euskadi.eus/inspeccion-periodica-obligatoria-de-vehiculos-itv/web01-a2indust/es/
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el viceconsejero de Promoción Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de febrero de 2026.
El director de Desarrollo y Administración Industrial,
JOSE LUIS AZKUE ARRASTOA.
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