
N.º 30, viernes 13 de febrero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
663
RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2026, de la delegada territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Bizkaia, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto de reforma línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, ST Artxanda – ST Gatika 1 y 2; en el término municipal de Loiu (Bizkaia).
Expediente: 48-AT-Y-2025-20.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.– Con fecha 7 de marzo de 2025, la empresa i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el proyecto de reforma línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, ST Artxanda – ST Gatika 1 y 2; en el término municipal de Loiu (Bizkaia).
2.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 26-12-2013), se publica el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el BOPV de fecha 2 de octubre de 2025, en el BOB de fecha 30 de septiembre de 2025.
3.– Con fecha 7 de octubre de 2025 se remitió al Ayuntamiento de Loiu y Telefónica petición de presentación del condicionado técnico que considerasen oportuno.
4.– Dentro de los plazos reglamentarios, Telefónica presentó el condicionado técnico.
Con fecha de 10 de octubre de 2025 Telefónica expone que se tiene que cumplir la normativa vigente en relación con los paralelismos y cruzamientos con líneas de telecomunicación y en particular los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión. También, que se reservan la actuación que proceda en caso de que se produjeran daños en sus instalaciones o perturbaciones en las comunicaciones electrónicas, como consecuencia de los trabajos llevados a cabo en el mencionado proyecto.
Con fecha de 27 de enero de 2026 i-DE responde que acepta todos los condicionados técnicos propuestos por Telefónica.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1.– La Delegación Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Bizkaia es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
2.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 48/2020, de 31 de marzo, del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.
3.– Informe favorable del área de energía de la Delegación Territorial de Bizkaia, de fecha 30 de enero de 2026.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, la Delegada Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Bizkaia,
RESUELVE:
Conceder a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de reforma línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, ST Artxanda - ST Gatika 1 y 2; en el término municipal de Loiu (Bizkaia).
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:
1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2.– El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.
3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el director de Descarbonización del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Bilbao, a 30 de enero de 2026.
La delegada territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Bizkaia,
MARÍA JESÚS MARKAIDA URIARTE.
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