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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 29, jueves 12 de febrero de 2026


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
653

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2026, de la directora de Agricultura y Ganadería, por la que se actualiza el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco.

De conformidad con la normativa comunitaria, los Estados miembros deben velar por que se cumplan la legislación sobre piensos y alimentos, y la normativa sobre salud y bienestar de los animales, y hacer el seguimiento y verificar que las empresas cumplen los requisitos establecidos en dichas normas en todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución. Para ello deben organizar controles oficiales.

El Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, tiene por objeto establecer las normas generales para la realización de controles oficiales a fin de comprobar el cumplimiento de las normas.

En el Estado Español el diseño y la aplicación de los planes de control oficial de la cadena alimentaria viene regulada fundamentalmente en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. En la Comunidad Autónoma de Euskadi la Ley 17/2008 de Política Agraria y Alimentaria establece, en su artículo 101.2, que las administraciones públicas vascas establecerán planes de controles de los productos agrarios y alimentarios producidos o comercializados en la Comunidad Autónoma del País Vasco que respondan a principios de coordinación de actuación y respuesta a los riesgos.

En aplicación de lo anterior, y en coordinación y de conformidad con las directrices generales del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco se aprobó el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco mediante Orden de 16 de septiembre de 2016, de la consejera de Desarrollo Económico y Competitividad.

El resuelvo tercero de la citada orden establece que el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco podrá ser actualizado o modificado mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de agricultura y ganadería del Gobierno Vasco a propuesta del Grupo Horizontal de Coordinación y que dichas actualizaciones o modificaciones deberán ser publicadas en la página web del departamento competente en materia de agricultura y alimentación del Gobierno Vasco.

Así, ante las necesidades detectadas, mediante la Resolución de 14 de abril de 2021, del director de Agricultura y Ganadería, se actualizó el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco.

No obstante, el Grupo de Horizontal de Coordinación del Plan (GHC) ha detectado la necesidad de hacer diversas adaptaciones y modificaciones en el mencionado Plan y ha propuesto su actualización con la incorporación de dichas adaptaciones y modificaciones. Así pues, en aplicación de lo dispuesto en la Orden de 16 de septiembre de 2016, mediante esta Resolución se procede a actualizar el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco. En su virtud

RESUELVO:

Primero.– Actualizar el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco, y publicarlo en la página web del departamento competente en materia de agricultura y alimentación del Gobierno Vasco:

https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/plan-control-oficial-cadena-alimentaria/

Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados e interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2026.

La directora de Agricultura y Ganadería,

ONEKA ZABALLA GONZALEZ.


Análisis documental