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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 29, jueves 12 de febrero de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
650

ORDEN de 30 de enero de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Manuel Calvo.

El 27 de junio de 2025 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Manuel Calvo.

Se adjunta al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente.

El 12 de marzo de 2025 se acuerda por el patronato de la fundación la adaptación del artículo 2 de los Estatutos fundacionales con el objeto de actualizar los mismos.

El acuerdo fue elevado a público en Portugalete, el 14 de mayo de 2025, ante el Notario D. Eduardo Perales Sotomayor (número de protocolo: 869).

El Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 18 de noviembre de 2025 en el Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, la subsanación solicitada.

Corresponde a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco; y en el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Se han aportado al presente expediente cuantos datos y documentos se consideran esenciales, y se ha cumplido, especialmente, lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco; y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

El texto refundido de los estatutos fundacionales aportados junto a la escritura de protocolización de acuerdos sociales otorgada el 14 de marzo de 2025 y número de protocolo 626, serán a efectos de inscripción la última versión válida a tener en cuenta por el registro de Fundaciones del País Vasco.

Así, la modificación estatutaria practicada se ajusta a las previsiones legales y reglamentarias aplicables.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Manuel Calvo, con fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura pública otorgada, el 14 de mayo de 2025, ante el Notario D. Eduardo Perales Sotomayor (número de protocolo: 869).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2026.

La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

MARÍA UBARRECHENA CID.


Análisis documental