
N.º 27, martes 10 de febrero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
604
ORDEN de 30 de enero de 2026, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el bienio 2026-2027, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas penadas privadas de libertad, dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario.
Mediante Orden de 17 de diciembre de 2025, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, se han establecido las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el bienio 2026-2027, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas penadas privadas de libertad, dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario.
Se ha detectado un error en el aplicativo de presentación de solicitudes, resultando que dicho aplicativo no estaba operativo al día siguiente de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Corregido ese error, procede ampliar el plazo de presentación de solicitudes para que no se vean lesionados los derechos de las entidades participantes.
Por todo lo indicado, y en virtud de las competencias que me atribuye el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos,
RESUELVO:
Primero.– El plazo para presentar las solicitudes en la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el bienio 2026-2027, que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización y atención social de personas penadas privadas de libertad, dependientes de los centros penitenciarios vascos, así como de apoyo en la ejecución de penas y tratamiento de personas penadas en medio penitenciario, abierto y comunitario, finalizará el día 27 de febrero de 2026.
Segundo.– La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el boletín Oficial del País Vasco.
Tercero.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante la consejera de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2026.
La consejera de Justicia y Derechos Humanos,
MARÍA JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.
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