
N.º 27, martes 10 de febrero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
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RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2026, del director de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático, por la que se someten a información pública el Decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar y el Decreto de modificación del Decreto por el que se declara parque natural el Área de Aralar, y se amplía la delimitación territorial del Parque Natural.
Mediante Orden de 12 de diciembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se ordenó el inicio del procedimiento para la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar.
Mediante Orden de 23 de diciembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se ha aprobado con carácter previo el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Ordenación de los Recursos Naturales del área de Aralar.
Mediante Orden de 22 de diciembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se ordenó el inicio del procedimiento para la modificación del Decreto por el que se declara parque natural el Área de Aralar y se amplía la delimitación territorial del Parque Natural.
Mediante Orden de 23 de diciembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, se ha aprobado con carácter previo el proyecto de Decreto de modificación del Decreto por el que se declara parque natural el Área de Aralar y se amplía la delimitación territorial del Parque Natural.
Mediante Resolución de 23 de diciembre de 2025, del director de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático, se sometieron a información pública el Decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar y el Decreto de modificación del Decreto por el que se declara parque natural el Área de Aralar, y se amplía la delimitación territorial del Parque Natural.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, de Procedimiento de Elaboración de Disposiciones de Carácter General, procede la apertura de un periodo de información pública y audiencia a las administraciones públicas y a los sectores sociales interesados, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Posteriormente a la apertura del trámite de información pública y audiencia, se observó que para este trámite no se aportó la versión en euskera del texto del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar. Asimismo, se ha constatado que el trámite de audiencia no se realizó según lo previsto por el artículo 17.2 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de Disposiciones de Carácter General. Deberá, por tanto, iniciarse un nuevo plazo para que el Decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar y el Decreto de modificación del Decreto por el que se declara parque natural el Área de Aralar, y se amplía la delimitación territorial del Parque Natural sean sometidos al trámite de información pública.
Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,
RESUELVO:
Primero.– Someter al trámite de información pública el Decreto por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Aralar y la ampliación de la delimitación territorial del Parque Natural de Aralar, por un plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPV, periodo durante el cual todas las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Segundo.– A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, durante el citado periodo la documentación quedará de manifiesto para su examen, tanto en la sede electrónica: https://www.euskadi.eus/administrazioaren-iragarkia/aralareko-baliabide-naturalen-plana-onartzeko-dekretu-proiektua/web01-tramite/eu/, como en la dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático, del departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de la Administración General del País Vasco, en horario de atención al público en: Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático.
Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático.
Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
C/ Donostia-San Sebastián, 1 01010 Vitoria-Gasteiz.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de febrero de 2026.
El director de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático,
ADOLFO URIARTE VILLALBA.
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