
N.º 21, lunes 2 de febrero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
466
RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2026, de la directora Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas al alumnado previstas para la realización del Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual durante el curso académico 2025-2026.
Mediante Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se convocaron ayudas al alumnado para la realización del Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual durante el curso académico 2025-2026 (BOPV n.º 243, de 17 de diciembre). El artículo 12 de la citada Resolución establece que «Las solicitudes serán analizadas por la Comisión de Selección, que elevará su propuesta al órgano gestor, la Secretaría General de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
El órgano gestor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Selección, formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, y la remitirá a la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Esta dictará resolución expresa que, poniendo fin al proceso iniciado recogerá las subvenciones concedidas y denegadas. La resolución adoptada será notificada individualmente a las personas solicitantes».
Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección,
RESUELVO:
Primero.– Conceder las ayudas para la realización del Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual a las personas que se relacionan en el Anexo I, por los importes individuales que en el mismo se señalan.
Segundo.– Denegar las ayudas para la realización del Diploma de Experto en Intervención en Violencia Sexual a las personas que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución, con expresión del motivo de denegación.
Tercero.– El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la subvención en el momento en que se dicte la resolución de concesión, y el segundo pago por el veinticinco por ciento restante una vez remitido por la Universidad de Deusto el informe de seguimiento de la asistencia y aprovechamiento académico de las personas beneficiarias de las ayudas correspondiente al primer semestre del curso académico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Cuarto.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.
Quinto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2026.
La directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN ELGARRESTA LARRABIDE.
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