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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 16, lunes 26 de enero de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
340

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se desestima la solicitud para la obtención del reconocimiento de entidad colaboradora para la igualdad de mujeres y hombres presentada por la entidad Autos Ortasa, S.L.

Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres», con el fin de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres.

La entidad Autos Ortasa, S.L. presentó una solicitud de reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres el día 13 de junio de 2025.

En su virtud, a la vista de la solicitud presentada por la entidad Autos Ortasa, S.L., y de la propuesta de Resolución efectuada por la Comisión Evaluadora tras la verificación y evaluación de la documentación remitida por la entidad interesada,

RESUELVO:

Artículo único.– Desestimar la solicitud de obtención del reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres presentada por la entidad Autos Ortasa, S.L., por no ajustarse a lo establecido en el Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres», hecho derivado principalmente por las siguientes razones:

– Incumplimiento del artículo 2: no se acredita debidamente el compromiso explícito en materia de igualdad de mujeres y hombres a través de la web.

– Incumplimiento del artículo 4: en el plan de actuación no se concreta el presupuesto destinado a la ejecución de cada acción.

– Incumplimiento del artículo 4: el plan de actuación no analiza la proyección exterior en cuanto a actuaciones referidas a ser entidad tractora en igualdad, a la contratación externa, compras y a la prestación de servicios y productos.

– Incumplimiento del artículo 9: las medidas incluidas en el plan de actuación son insuficientes para hacer frente a las causas estructurales de la desigualdad detectadas en el diagnóstico, no contemplan objetivos de reducción de brechas, y las acciones se definen de forma general como si fueran objetivos.

– Incumplimiento del artículo 9: el plan de actuación no establece medidas de organización del tiempo de trabajo (jornadas y horarios, turnos, vacaciones, entre otras) que faciliten la conciliación corresponsable de la vida laboral, personal y familiar.

– Se detecta un recorrido escaso en la implantación de las políticas en materia de igualdad de la entidad.

– Hay una falta de sistematización de algunos procesos clave de gestión de personas. Los procesos de gestión de personas no están procedimentados, ni se garantiza la no discriminación de las mujeres en los mismos.

En consecuencia, es patente que el contenido de la solicitud no se ajusta a los requisitos mínimos establecidos en el Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Todo ello impide hacer una valoración adecuada de la solicitud y de la documentación para otorgar el reconocimiento con relación a los criterios de valoración y requisitos establecidos en el Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento «Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres».

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2025.

La directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN ELGARRESTA LARRABIDE.


Análisis documental