
N.º 4, jueves 8 de enero de 2026
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OTRAS DISPOSICIONES
AGENCIA VASCA DE CIBERSEGURIDAD
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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025, del director general de la Agencia Vasca de Ciberseguridad, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco la relación de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera y a personal laboral de la Agencia Vasca de Ciberseguridad.
Mediante la Ley 7/2023, de 29 de junio, se ha creado la Agencia Vasca de Ciberseguridad, como ente público de derecho privado, con la finalidad de promover y coordinar la ciberseguridad en el sector público vasco delimitado en la Ley 3/2022, de 12, de mayo, en el ámbito de la seguridad de los sistemas de información y de las redes electrónicas de su competencia, y apoyar e impulsar la capacitación en ciberseguridad y el desarrollo digital seguro de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de su ciudadanía y de su tejido empresarial.
Por su parte, el artículo 25 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de empleo Público Vasco, establece que las competencias en materia de empleo público para los entes instrumentales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi corresponden a sus respectivos órganos de gobierno.
En su virtud, previa deliberación y aprobación por el Consejo de Administración, en su sesión celebrada el 1 de diciembre de 2025,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Relación de Puestos de Trabajo reservados a personal funcionario de carrera y a personal laboral de la Agencia Vasca del Ciberseguridad, que se contiene en los anexos a la presente Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra el Acuerdo de 1 de diciembre de 2025, del Consejo de Administración, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, o ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el interesado su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2025.
El director general de la Agencia Vasca del Ciberseguridad,
FRANCISCO JAVIER DIÉGUEZ BARRIOCANAL.
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