
N.º 249, viernes 26 de diciembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
5514
RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2025, de la directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana: Ramal Aldaia».
El barrio de Zabalgana, con casi 30.000 habitantes, es el más poblado de Vitoria-Gasteiz y está conformado por población joven en crecimiento, ya que su media de edad es de 35,7 años y más del 25 % de su población tiene menos de 18 años. Por todo ello, la conexión de Zabalgana con el centro mediante una línea tranviaria es una demanda municipal y vecinal desde hace varios años.
La nueva extensión tranviaria tiene como objetivos prioritarios mejorar la red de transporte público, así como acercar entre sí diferentes modos de transporte de gran capacidad como son el tranvía y el BEI, optimizando la conectividad del barrio, ya que existe un flujo de movimientos importante hacia el centro de la ciudad, donde se concentran el núcleo comercial y de negocios.
Finalmente, la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana se divide en 3 Proyectos Constructivos:
– Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana – Ramal Centro: discurre desde la plaza de Lovaina, donde se conecta a la red existente de tranvía, hasta conectar el barrio Zabalgana al suroeste de la ciudad. Allí, en la rotonda de Av. Zabalgana con Av. Naciones unidas, se bifurca en dos ramales; Ramal Mariturri hacia el sur y Ramal Aldaia hacia el oeste.
– Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana - Ramal Mariturri: comienza en la rotonda Av. Derechos Humanos con Av. Reina Sofía hasta la parada ubicada a la altura de Av. Reina Sofía 1.
– Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana - Ramal Aldaia: comienza a pocos metros de la rotonda donde el tramo común se bifurca en la Av. Naciones Unidas hasta la parada ubicada a la altura de Av. Naciones Unidas 47. El el tramo que ocupa la presente Resolución.
El objeto del Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana: Ramal Aldaia es planificar, diseñar, definir y valorar para construcción el tramo de la ampliación del tranvía a Zabalgana entre Av. Zabalgana y la parada Aldaia a lo largo de Av. Naciones Unidas, con una longitud algo inferior a 1000 m de vía doble de ancho métrico. Se incluyen las cimentaciones de los postes de línea aérea así como sus pernos de anclaje, las canalizaciones y arquetas de señalización tranviaria y viaria, comunicaciones, suministro eléctrico y electrificación, pero no se incluye ni el tendido de dichas instalaciones ni el suministro de los postes de catenaria y sus placas de anclaje.
El Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana, en su conjunto, tiene como objetivo extender el sistema tranviario hacia Zabalgana, comenzando en la conexión con el trazado actual en la Plaza de Lovaina. Esta ampliación se dirige hacia la estación existente en la zona, atravesando diversas calles principales de Vitoria-Gasteiz hasta llegar a la Avenida de Zabalgana, donde se bifurcará en dos ramales.
La nueva infraestructura tendrá una longitud total aproximada de 5,5 km. El trayecto dispondrá de un tramo común desde el centro de la ciudad, en Lovaina, hasta llegar a la Avenida de Zabalgana, donde se dividirá en dos ramales hacia Zabalgana; uno a Aldaia y otro a Mariturri. Los primeros kilómetros corresponderán al tramo común, donde la frecuencia de paso de los tranvías será de 7,5 minutos. En los ramales hacia Mariturri y hacia Aldaia, la frecuencia de los servicios será de 15 minutos, ya que uno de cada dos servicios se dirigirá a cada ramal.
A lo largo de la nueva línea se proyectan 11 paradas para el servicio de los viajeros: 5 en el tramo común, 4 en el ramal a Mariturri y 2 en el ramal a Aldaia. Es destacable la parada de Lovaina, que servirá como punto de interconexión con las líneas actuales, aunque en vías independientes, por lo que los usuarios deberán realizar transbordo.
Como se ha mencionado anteriormente, la construcción de esta línea de tranvía se divide en tres proyectos diferentes. A continuación, se detallarán los aspectos a considerar para la redacción del Proyecto Constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana: Ramal Aldaia.
Tal y como se indica arriba, el proyecto incluye prácticamente la totalidad del ramal Aldaia, con una longitud algo inferior a 1,0 km. El trazado comienza en la Avenida de las Naciones Unidas, conectándose con el desvío que parte desde la rotonda Zabalgana, implantado como parte del Proyecto Constructivo Ramal Centro.
Desde este punto, la infraestructura tranviaria discurre por la mediana de la avenida, que se reorganiza para mantener un único carril por sentido de circulación, excepto en los accesos a rotondas donde se habilitan carriles adicionales. A lo largo de este recorrido se implantan dos paradas: la primera al comienzo del tramo, frente al CEIP Zabalgana HLHI, y la segunda al final de la avenida, a la altura del número 47, donde se sitúa la parada terminal del ramal.
En este punto final, el trazado se dota de una bretelle anterior a la parada con el objetivo de permitir las maniobras de inversión de marcha de los tranvías en este punto terminal de la línea.
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material de siete millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos sesenta y seis euros con cincuenta y cinco céntimos (7.763.666,55), así como un presupuesto base de licitación con IVA de once millones ciento setenta y ocho mil novecientos tres euros con cuarenta y seis céntimos (11.178.903,46), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de nueve millones cuatrocientos quince mil seiscientos sesenta y tres euros con diecinueve céntimos (9.415.663,19).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de trece (13) meses.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la aprobación de los proyectos de la red ferroviaria vasca, según lo dispuesto en el artículo 11.2.b) del Decreto 382/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Movilidad Sostenible.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Aprobar el «Proyecto constructivo de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a Zabalgana: Ramal Aldaia» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de once millones ciento setenta y ocho mil novecientos tres euros con cuarenta y seis céntimos (11.178.903,46), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de trece (13) meses.
Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de diciembre de 2025.
La directora de Infraestructuras del Transporte,
MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.
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