
N.º 246, lunes 22 de diciembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
5470
RESOLUCIÓN 103/2025, de 10 de diciembre, del director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito con la Fundación Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco.
Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio de colaboración referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito con la Fundación Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco, que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de diciembre de 2025.
El director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 103/2025, DE 10 DE DICIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO (DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN) Y LA FUNDACIÓN CURSOS DE VERANO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO/EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA
REUNIDOS:
De una parte, la Excma., Sra. Begoña Pedrosa Lobato, consejera de Educación del Gobierno Vasco.
De otra parte, el Excmo. Sr. Joxerramon Bengoetxea Caballero, Presidente del patronato de la Fundación Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
Compareciendo ambos en virtud de las atribuciones que les confieren sus cargos, y reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para la suscripción del presente Convenio de Colaboración,
MANIFIESTAN:
Primero.– Que, en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de País Vasco, Ley Orgánica 3/1979, de 18 de octubre, la competencia exclusiva que en materia de educación tiene atribuida la Comunidad Autónoma, corresponde en la actualidad al Departamento de Educación del Gobierno Vasco.
Segundo.– Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que «Son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común».
Tercero.– Que la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, de conformidad al artículo 1 de sus Estatutos, constituye una Fundación de carácter docente y de extensión universitaria, con naturaleza privada dedicada a la organización de actividades docentes y de extensión universitaria, que con arreglo al artículo 3 de sus estatutos tiene el carácter de medio propio de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, no obstante de lo cual, como Fundación que está inscrita en el Registro de Fundaciones del País Vasco con el n.º GIP-69, y también con arreglo al mismo artículo 3 de sus estatutos, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes, con lo que está plenamente capacitada para suscribir el presente convenio.
Cuarto.– Que tal como consta en sus Estatutos fundacionales, son fines de la Fundación Cursos de Verano:
A. La organización de los Cursos de Verano de la UPV/EHU.
B. La organización de otras actividades cuya integración o creación sea acordada por el Patronato de la Fundación.
Quinto.– Que, de acuerdo con sus Estatutos, la Fundación Cursos de Verano podrá establecer convenios de colaboración tanto con entidades públicas como privadas para el desarrollo de la actividad que le es propia.
Sexto.– Que, el Departamento de Educación del Gobierno Vasco ha colaborado con la Fundación Cursos de Verano desde sus inicios en 1993, a través de la cofinanciación de los Cursos mediante partidas presupuestarias nominativas; a partir de 2012, mediante la inclusión de esta actividad en el Plan Universitario 2015-2018; y, a partir de 2019, mediante un Convenio de Colaboración. Asimismo, ha financiado en las últimas ediciones 10 actividades incluidas en el Plan de Formación Continua del Profesorado no universitario, actualmente denominado: «Ikasiz Hezi».
Séptimo.– Que, por lo expuesto, ambas partes, en el ejercicio de sus respectivas facultades y entendiendo beneficioso para las dos entidades la colaboración en las materias de su competencia, estimando que una estrecha cooperación entre ellas proporcionará recíprocos beneficios en el cumplimiento de las funciones que en materia de formación tienen encomendadas, y debido al interés común demostrado y el fin común que persiguen, acuerdan establecer, previa aprobación por el órgano de gobierno de cada una de ellas, el presente Convenio de Colaboración con base en las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.– Objeto del convenio.
El objeto de este Convenio es establecer el marco de colaboración y compromisos entre el Departamento de Educación del Gobierno Vasco y la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU en relación con la financiación de la actividad, organización, desarrollo y homologación de los Cursos de Verano de la UPV/EHU.
El Departamento de Educación persigue impulsar a través de los Cursos de Verano – cursos de formación continua dirigida a la profundización y/o extensión de conocimientos- que la sociedad vasca tenga acceso a un espacio de encuentro para el debate y el pensamiento crítico en torno a una sociedad siempre cambiante, en virtud del impacto social y económico que para nuestra sociedad suponen dichos Cursos.
Es, asimismo, objeto del convenio asegurar la visibilidad de esta colaboración con carácter general y, de modo específico, en relación a las actividades referidas en la Cláusula Segunda de este Convenio.
Segunda.– Compromisos de las partes.
La Viceconsejería de Políticas Educativas del Departamento de Educación, a través de la dirección de Aprendizaje e Innovación o el órgano que tenga atribuidas las competencias de innovación educativa preuniversitaria y la Fundación Cursos de Verano colaborarán en la elaboración del programa «Aprender para enseñar» de acuerdo a las líneas prioritarias definidas en el Plan «Ikasiz Hezi» de Formación Permanente del Profesorado no universitario, renovadas y actualizadas en los posteriores Planes de Mejora o programas equivalentes que eventualmente los pudiera sustituir. Las actuaciones concretas que se desarrollarán, hasta un máximo de 10 actividades formativas, se concretarán mediante acuerdo de la Comisión Técnica establecida en la Cláusula tercera de este Convenio; no obstante, de forma excepcional, si ambas partes lo consideraran necesario y lo acordaran en la Comisión Técnica, dicha cantidad podría variar.
El Departamento de Educación del Gobierno Vasco y la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU se comprometen a cumplir los compromisos que se deriven del presente Convenio y a proporcionar los medios económicos, técnicos y humanos para realizar las actividades incluidas en el Convenio para garantizar su buen funcionamiento. En particular:
1.– La Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU se compromete a realizar las siguientes acciones:
A. Incluir los logos del Departamento de Educación en la publicidad oficial de los Cursos de Verano.
B. Publicitar los cursos seleccionados, incidiendo en la colaboración del Departamento de Educación como patrocinadores de dichos Cursos.
C. Desarrollar cuantas actividades se acuerde llevar a cabo en el Comité Técnico para cada edición en relación con la organización y visibilización de las líneas prioritarias del Departamento de Educación.
D. Trasladar al Departamento de Educación la oferta de actividades formativas del programa «Aprender para enseñar», y la oferta de cursos, agrupados por ciclos, incluyendo la siguiente información de cada uno de los cursos: nombre, lugar de impartición, duración, director o directora y ponentes.
E. Proveer 20 plazas para el profesorado, salvo que se acuerde otro número de plazas en la Comisión Técnica, en cada uno de los cursos del programa «Ikasiz Hezi» seleccionados por el Departamento de Educación según sus propios criterios.
F. Ofrecer al profesorado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del Gobierno Vasco matrículas reducidas para los Cursos que conforman el programa «Aprender para enseñar».
G. Cumplimentar en la aplicación informática dispuesta a tal fin los datos técnicos de los cursos seleccionados por el Departamento de Educación para incluir en la convocatoria de actividades formativas para el profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dentro del Plan «Ikasiz Hezi», de Formación Continua del Profesorado.
H. Elaborar una memoria de actuación justificativa para la dirección de Aprendizaje e Innovación sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en virtud de lo señalado en este Convenio. Para ello remitirá a dicha Dirección una memoria justificativa que contenga lo siguiente:
1.– Un acta sobre el desarrollo de la actividad por cada uno de los Cursos.
2.– Valoración general del desarrollo de la actividad.
3.– Relación de profesores y profesoras participantes, con indicación expresa de su porcentaje de asistencia, participación y aprovechamiento.
4.– Relación de profesores y profesoras considerados aptos o aptas.
5.– Satisfacción obtenida por parte del profesorado asistente.
6.– Acreditar que se ha realizado la actividad y que se han cumplido las condiciones establecidas en este convenio, que se acompañará de la relación clasificada de los gastos de la actividad, con indicación del acreedor y los importes, y de los ingresos generados.
I. Proporcionar una copia digital de los materiales didácticos utilizados en el curso a la dirección de Aprendizaje e Innovación: apuntes o material impreso, software, presentaciones, ejercicios y actividades.
J. Proporcionar a la dirección de Aprendizaje e Innovación estadísticas de la edición anual de la actividad: número de matriculados, género, profesión, centro del que proviene en el caso de docentes (por etapas, red...) etc. y sobre el impacto mediático y visibilidad alcanzada tanto en medios impresos, radio, televisión y medios sociales.
2.– El Departamento de Educación, a través de la Viceconsejería de Políticas Educativas, se compromete a realizar las siguientes acciones:
A. Proveer los logos oficiales del Departamento para su inclusión en la publicidad de los Cursos de Verano.
B. Impulsar la comunicación de la oferta de Cursos de Verano, y en particular de los ciclos y programas en los que el Departamento tiene un papel relevante porque guardan una estrecha relación con su política educativa y científica.
C. Aportar 40.000 euros para financiar los cursos del programa «Ikasiz Hezi» seleccionados. El pago se realizará una vez garantizada la realización de todas las actividades formativas en base al número de personas admitidas al curso, con anterioridad al 31 de diciembre.
D. Incorporar los cursos seleccionados a la convocatoria de actividades formativas para el profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dentro del Plan Ikasiz Hezi de Formación Continua del Profesorado que anualmente organiza el Departamento de Educación.
Tercera.– Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento.
A. La Comisión Técnica estará compuesta por cuatro personas:
Dos personas representantes de la Viceconsejería de Políticas Educativas o del órgano que, en su caso, tenga atribuidas las competencias de innovación educativa preuniversitaria.
Dos representantes de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, o personas en quienes deleguen.
B. Se reunirá, al menos, dos veces al año, y cuantas otras se estimen necesarias, a petición de cualquiera de las partes.
C. Será la encargada de velar por el cumplimiento de los distintos compromisos recogidos en el presente convenio. Será asimismo la encargada de la ejecución y administración del convenio y de lograr la adecuada cooperación y coordinación en la consecución de los objetivos del mismo, así como en la resolución de posibles controversias inherentes a su interpretación y ejecución.
Cuarta.– Vigencia y extinción del convenio.
El presente Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, pudiéndose prorrogar de mutuo acuerdo de las partes por periodos anuales con una vigencia máxima del mismo de cuatro años, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria y que cualquiera de las partes no proceda a su denuncia o se produzca alguna de las causas de resolución de los convenios que contempla, en el artículo 51, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por alguna de las partes facultará a la otra para exigir su estricto cumplimiento o para solicitar la resolución del convenio. En caso de resolución del convenio, estas retornarán a la situación jurídica primitiva.
La denuncia, en su caso, habrá de ser comunicada a la otra parte con una antelación mínima de un mes con respecto a la fecha inicial prevista para la finalización o para su prórroga.
El Departamento de Educación justificará la necesidad de financiación de la Fundación Cursos de Verano y dará a conocer los cursos financiados a través de las actas de las reuniones de la Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento.
Anualmente, una vez acordada la prórroga, se recogerá en las actas de las reuniones de la Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento los cursos a desarrollar el año que abarque la prórroga.
Y, de conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio, por duplicado, en la fecha expresada en la firma electrónica.
En sede electrónica, a 10 de julio de 2025.
La consejera de Educación,
MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.
El presidente del patronato de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU,
JOSÉ RAMÓN BENGOETXEA CABALLERO.
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