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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 240, viernes 12 de diciembre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
5343

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025, de la directora de Apoyos para la Vida Plena, por la que se da publicidad a la ampliación del crédito para el ejercicio 2025, destinada a las ayudas previstas en la Orden de 29 de octubre de 2014, del consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

La Orden de 29 de octubre de 2014, del consejero de Empleo y Políticas Sociales, establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOPV n.º 221, de 19 de noviembre de 2014).

En su Disposición Adicional, relativa a la Financiación e Imputación Presupuestaria, se indica que: «Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, por Resolución de la directora de Servicios Sociales se hará pública al comienzo de cada ejercicio presupuestario, la dotación asignada al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco».

Asimismo, precisa que «El volumen total de las ayudas a conceder dentro de un ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, de conformidad con el régimen presupuestario vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de cuya circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la directora de Servicios Sociales publicada en el Boletín Oficial del País Vasco».

Mediante resolución de 12 de febrero de 2025, de la directora de Apoyos para la Vida Plena, se hace pública la dotación asignada para la ayuda prevista en la Orden de 29 de octubre de 2014.

En fecha actual, estando agotada la totalidad del crédito destinado para el presente ejercicio, teniendo en cuenta el volumen de solicitudes que se van presentando y las inaplazables necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario ampliar la dotación presupuestaria destinada a tal fin para el ejercicio 2025.

De este modo, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 18/2024, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, y considerando la habilitación proporcionada por la mencionada Disposición Adicional de la Orden de 29 de octubre de 2014 y la disponibilidad presupuestaria existente, se hace preciso un incremento de las disponibilidades presupuestarias por importe de 681.680 euros.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo único.– Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, se procede ampliar para el ejercicio 2025 la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 29 de octubre de 2014, por importe de 681.680 euros.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Bienestar, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de acuerdo con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2025.

La directora de Apoyos para la Vida Plena,

MARÍA ANTONIA OLABARRIETA IBARRONDO.


Análisis documental