Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 236, viernes 5 de diciembre de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
5217

DECRETO 224/2025, de 18 de noviembre, por el que se integra el CEIP Pío Baroja HLHI, en CEIP Txurdinaga HLHI, en Bilbao (Bizkaia).

De conformidad con el Estatuto de Autonomía del País Vasco, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. Asimismo, le corresponde la creación, modificación y supresión de centros docentes públicos.

La programación general de la enseñanza y la programación escolar de los centros públicos son competencia de la Administración educativa, tal como se establece en la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, del Sistema Educativo Vasco.

En el marco de la planificación estratégica del sistema educativo vasco, la adecuación de la oferta educativa a la evolución demográfica y a las necesidades de la comunidad constituye un objetivo prioritario. El mapa escolar, como herramienta esencial de programación, permite analizar la realidad educativa desde una perspectiva integral y dinámica, contribuyendo a una gestión más eficiente, equitativa y sostenible de los recursos. Este proceso de planificación se orienta a garantizar la equidad en el acceso a la educación, optimizar la distribución de recursos, fortalecer la cohesión social y favorecer la participación de la comunidad educativa.

La reorganización de los centros objeto del presente Decreto se enmarca en las directrices derivadas del Pacto Educativo de 7 de abril de 2022 y de la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Ambas normas impulsan una oferta pública suficiente y equilibrada, ajustada a la evolución de la natalidad y a los principios de inclusión, calidad y sostenibilidad del sistema educativo. En este contexto, la integración de los centros permite una mejor respuesta a los retos actuales del sistema, garantizando la continuidad pedagógica, la eficiencia organizativa y la cohesión de la comunidad educativa, a la vez que incide de manera positiva en la disminución de la segregación escolar.

En el marco de dicha programación, y con el fin de adecuar la oferta educativa a la evolución demográfica y a las necesidades de planificación de recursos educativos, se ha estimado oportuno proceder a la integración del CEIP Pío Baroja HLHI y del CEIP Txurdinaga HLHI, ubicados ambos en Bilbao (Bizkaia).

Como consecuencia de dicha integración, se mantiene la denominación de dicho centro público docente CEIP Txurdinaga HLHI, con sede en el mismo municipio. Esta medida permitirá mejorar la eficiencia organizativa, pedagógica y de gestión, y ha sido adoptada con el conocimiento y participación de la comunidad educativa implicada.

En su virtud, a propuesta de la consejera de Educación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 18 de noviembre de 2025,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto la integración del CEIP Pío Baroja HLHI y del CEIP Txurdinaga HLHI en un único centro público.

Denominación: CEIP Txurdinaga HLHI.

Denominación específica: «Txurdinaga».

Código: 48002602

Código CAPV: 014151

Localidad: Bilbao.

Municipio: Bilbao.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Domicilio: Fernando Jiménez DYA kidea, 3, 48004, Bilbao.

Artículo 2.– Denominación y localización.

El centro resultante se denominará CEIP Txurdinaga HLHI, y estará ubicado en el municipio de Bilbao (Bizkaia).

Artículo 3.– Efectividad de la integración.

La integración y la nueva denominación surtirán efectos a partir del día 1 de septiembre de 2025, coincidiendo con el inicio del curso escolar 2025-2026.

Artículo 4.– Adscripción del alumnado y del personal.

El alumnado y el personal de los centros integrados quedarán adscritos al centro resultante, conservando sus derechos y condiciones conforme a la normativa vigente.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

El presente Decreto surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2025.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2025.

El lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.


Análisis documental