
N.º 236, viernes 5 de diciembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
5211
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 1 de octubre de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden y se deniegan subvenciones, para el año 2025, a empresas, entidades privadas, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de una consultora homologada tanto para la realización de un Diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un Plan para la igualdad, así como para la implantación de medidas contenidas en los planes para la igualdad, todo ello bajo el régimen de ayudas de minimis.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 1 de octubre de 2025, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden y se deniegan subvenciones, para el año 2025, a empresas, entidades privadas, cooperativas, y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de una consultora homologada tanto para la realización de un Diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un Plan para la igualdad, así como para la implantación de medidas contenidas en los planes para la igualdad, todo ello bajo el régimen de ayudas de minimis, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 214, de 6 de noviembre de 2025, se procede a su corrección.
Se incorporan los anexos que, por error material, no fueron incluidos en la publicación original, y que forman parte integrante de la resolución corregida.
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