
N.º 226, lunes 24 de noviembre de 2025
- Otros formatos:
- PDF (141 KB - 1 Pág.)
- EPUB (112 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4998
ORDEN de 7 de noviembre de 2025, de la consejera de Educación, sobre la recogida de información unificada en materia de centros docentes correspondiente al curso 2025-2026.
Para atender a las necesidades en materia de planificación educativa, de gestión e, igualmente, a efectos estadísticos, se va a proceder a la recogida unificada de la información necesaria, correspondiente al curso 2025-2026 en todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparten niveles no universitarios. Por ello, a propuesta de las Viceconsejerías de Administración y Servicios y de Educación
DISPONGO:
Primero.– Todos los centros educativos no universitarios, situados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, deberán responder y cumplimentar con la mayor precisión y rigor posibles, a través de los aplicativos del Departamento de Educación, los documentos o formularios diseñados al efecto y agrupados con las denominaciones de Actividad Escolar, Cuadros Horarios, Expedientes Académicos, Notas y Faltas (actas finales) y NEE-Necesidades educativas especiales.
Segundo.– A lo largo del curso académico, el Departamento de Educación comunicará a cada centro docente qué cuestionarios han de ser cumplimentados, y se indicarán los plazos y procedimientos correspondientes.
Tercero.– La cumplimentación de los modelos será supervisada por el director o la directora del centro, que avala la exactitud de la información. Una vez cumplimentados, si procede, los documentos serán enviados dentro de los plazos y de acuerdo con los procedimientos indicados, y se procederá, en su caso, a la revisión de los mismos.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– Se autoriza a la viceconsejera de Administración y Servicios, a la viceconsejera de Educación y a los delegados Territoriales de Educación para que tomen las medidas precisas para el mejor desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
Segunda.– La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 7 de noviembre de 2025.
La consejera de Educación,
MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.
RSS