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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 225, viernes 21 de noviembre de 2025


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AYUNTAMIENTO DE BASAURI
4983

ANUNCIO relativo a la aprobación de la declaración de urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto «obras complementarias de la mejora de accesibilidad entre los barrios del Kalero y Basozelai en Basauri-mejora de accesibilidad entre Bidasoa Ibaia y Karmelo torre 12-20» que se emplaza en el barrio de el Kalero y Basozelai, del municipio de Basauri.

El Ayuntamiento Pleno de Basauri en Sesión Ordinaria celebrada el 30 de octubre de 2025, adoptó por unanimidad el siguiente

ACUERDO

Primero.– Publicar la relación definitiva de los bienes y derechos, así como sus titulares, de necesaria ocupación para la ejecución de las obras comprendidas por el proyecto «Obras complementarias de la mejora de accesibilidad entre los barrios de El Kalero y Basozelai en Basauri – Mejora de accesibilidad entre Bidasoa Ibaia y Karmelo Torre 12-20» que se emplaza en el barrio de El Kalero y Basozelai del municipio de Basauri, con indicación de los recursos que legalmente procedan contra la misma.

(Véase el .PDF)

Segundo.– Declarar la urgencia en la ocupación por el Ayuntamiento de Basauri, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación detallada en el punto anterior.

Tercero.– Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia, en el tablón de anuncios, en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial del País Vasco y en uno de los diarios de la provincia, así como su notificación individual a los interesados.

Cuarto.– Proceder al levantamiento de las actas previas de ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, citando al efecto a los titulares de los bienes y derechos afectados.

Quinto.– Facultar al Sr. Alcalde, para la ejecución de los trámites derivados de este acuerdo.

Contra la relación definitiva de los bienes y derechos, así como sus titulares establecidos en el punto primero y contra el acuerdo en sí, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de Bilbao que corresponda.

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo señalado en el párrafo anterior, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo que ahora se notifica, y esto en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación. Tal recurso de reposición se entenderá desestimado por silencio administrativo si, en el transcurso de un mes desde la fecha de su interposición, no se le notifica la resolución del mismo. En este último caso, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado en el párrafo primero de esta notificación será de seis meses, contándose a partir del día siguiente al que se produjo la desestimación por silencio administrativo.

Basauri, a 5 de noviembre de 2025.

El alcalde,

ASIER IRAGORRI BASAGURE.


Análisis documental