Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 223, miércoles 19 de noviembre de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4919

ORDEN de 5 de noviembre de 2025, de la consejera de Educación, por la que se da publicidad a la tercera lista complementaria de personas seleccionadas en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración convocado por Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022, del consejero de Educación, así como a la tercera lista de personas seleccionadas que decaen de los derechos a ser nombradas funcionarias de carrera por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria.

De conformidad con lo determinado en la base 7.5. de la Orden de 22 de septiembre de 2022 del consejero de Educación y en la base 7.6 de la Orden de 30 de noviembre 2022 del mismo consejero, por las que se convoca proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y artes escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros, en el Cuerpo a extinguir de Profesores técnicos y Profesoras técnicas de Formación Profesional y en el Cuerpo de Profesores y Profesoras Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, se elaboró una lista de personas seleccionadas suplentes, para ser utilizada si personas aspirantes previamente seleccionadas pierden dicha condición por los siguientes motivos:

– Por no presentar la documentación requerida en la base 8, o de la presentación se deduce que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base 2, o por no reunir la aptitud física o psíquica exigible para el desempeño de las funciones.

Asimismo, conforme a la base 8.4 de las citadas Órdenes, las personas que, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases 2.1 y 2.2, decaerán de todos sus derechos a ser nombradas funcionarias de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, decaerán de todos sus derechos, quienes fueran calificadas como no aptas en el reconocimiento médico. En tales casos, la Dirección de Gestión de Personal dictará la resolución correspondiente declarando la pérdida de los derechos a ser nombradas funcionarias de carrera.

Por otra parte, el artículo tercero de la Orden de 21 de noviembre de 2023, del consejero de Educación, por la que se nombran funcionarias de carrera a las personas aspirantes seleccionadas, en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración convocado por órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022, acordó:

Posponer el nombramiento como funcionarias de carrera de las personas seleccionadas que por causas de fuerza mayor no han podido ser evaluadas en el reconocimiento médico previsto en las bases 8.3 y 8.4 de las Órdenes citadas, quedando condicionado el nombramiento a la consideración de aptas en dicho reconocimiento. Se relaciona en el Anexo III.

Por consiguiente, visto que algunas personas que figuran en dicho Anexo como seleccionadas no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, mediante la presente Orden se procede a elaborar una lista complementaria de personas seleccionadas suplentes.

A la vista de todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en las bases 7.5 y 8.4 de la Orden de 22 de septiembre de 2022 del consejero de Educación y en las bases 7.6 y 8.4 de la Orden de 30 de noviembre de 2022 del mismo consejero,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad en el Anexo I a la tercera lista complementaria de personas seleccionadas según el orden de puntuación que figura en la lista de suplentes, declarándolas seleccionadas en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración convocado por Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022 del Consejero de Educación.

Segundo.– Dar publicidad en el Anexo II a la tercera lista de personas seleccionadas que decaen de todos sus derechos a ser nombradas funcionarias de carrera por carecer de alguno de los requisitos exigidos en las bases 2.1 y 2.2 de las Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022 del consejero de Educación.

Tercero.– Modificar el Anexo III de la Orden de 21 de noviembre de 2023, del consejero de Educación, que da publicidad a la lista de personas seleccionadas del citado proceso selectivo cuyo nombramiento como funcionarias de carrera quedó pospuesto por causas de fuerza mayor, excluyendo a la siguiente persona al no cumplir los requisitos que establece dicha convocatoria, que decae del derecho a ser nombrado funcionario de carrera:

(Véase el .PDF)

Cuarto.– Abrir un plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco para que la persona aspirante seleccionada incluida en el apartado primero presente los documentos indicados en la base 8.1 de la Orden de 30 de noviembre de 2022 del consejero de Educación.

La documentación se presentará on-line, a través de https://hezigunea.euskadi.eus/ (introduciendo «Usuario (DNI/NIE)» y «Contraseña») – Tramitagune – «Expedientes Administrativos: solicitudes, reclamaciones formales, recursos» – Resto de trámites

Se publica en el Anexo III a la presente Orden el modelo de declaración jurada así como el de «Entrega documentación por seleccionados» a cumplimentar y presentar también en la dirección indicada.

Quinto.– Si no presentara la documentación exigida, o del examen de la misma, se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, decaerá de todos sus derechos a ser nombrada funcionaria de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, decaerá de todos sus derechos, si fuera calificada como no apta en el reconocimiento médico.

Sexto.– El nombramiento como funcionario de carrera que se efectúe en virtud de la presente Orden y la toma de posesión tendrá efectos desde el día 1 del mes siguiente a la superación del reconocimiento médico.

Séptimo.– Contra la presente Orden las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2025.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.

ANEXO I
(Véase el .PDF)
ANEXO II
(Véase el .PDF)

Análisis documental