
N.º 220, viernes 14 de noviembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
4853
DECRETO 213/2025, de 4 de noviembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autonoma de Euskadi la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. y se autoriza a la persona representante de las acciones titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para prestar su conformidad a la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales de dicha sociedad.
La sociedad «Bilbao Exhibition Centre, S.A.» se constituyó en el año 2001 y está participada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Diputación Foral de Bizkaia, el Ayuntamiento de Bilbao, el Ayuntamiento de Barakaldo y la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Bilbao.
Su objeto social es «desarrollar la actividad de organizar y gestionar certámenes comerciales, como medio de promoción comercial de las distintas ramas de la actividad económica, así como otros relacionados con el ocio y la cultura».
La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. reunida con fecha día 17 de septiembre de 2025 acordó la realización de una ampliación del capital social por importe de 2.999.995,80 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 434.782 nuevas acciones de la misma clase y serie que las actualmente existentes, de 6,90 euros de valor nominal cada una y representadas por medio de títulos nominativos, numeradas del 18.956.529 al 19.391.310, ambos inclusive.
En dicha reunión el Ayuntamiento de Barakaldo, el Ayuntamiento de Bilbao y la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Bilbao renuncian expresamente al derecho de preferencia de los accionistas y no tomarán parte en la ampliación.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su calidad de socio de la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. tiene el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, que, en su caso, acuerde emitir la Junta General de Accionistas de la citada Sociedad Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, cuyo texto refundido fue aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
El artículo 110.1 de la Ley del Patrimonio de Euskadi, cuyo texto refundido fue aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.
El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.
Por otro lado, el artículo 111.2 del mismo texto legal, dispone que la conformidad de los representantes de las acciones titularidad, directa o indirecta, de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma a la aprobación de los estatutos sociales y sus modificaciones será autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento a que se encuentre vinculada la sociedad.
En su virtud, a propuesta de los consejeros de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad y de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 4 de noviembre de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a participar en la ampliación del capital social de la sociedad «Bilbao Exhibition Centre, S.A.», suscribiendo acciones por un importe total de un millón cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa y siete euros con noventa céntimos (1.499.997,90) euros, equivalente al 50 % de la misma. Tras esta operación la participación directa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. será del 49,989 %.
Artículo 2.– Se autoriza a la persona representante de las acciones titularidad de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para prestar su conformidad a la modificación del artículo 6 de los estatutos sociales de la sociedad Bilbao Exhibition Centre, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, en los términos resultantes de la misma, a fin de recoger la nueva cifra de capital social.
Artículo 3.– Facultar a la directora de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Finanzas para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en los artículos anteriores.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 4 de noviembre de 2025.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El consejero de Hacienda y Finanzas,
NOËL D'ANJOU OLAIZOLA.
El consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad,
MIKEL JAUREGI LETEMENDIA.
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