
N.º 215, viernes 7 de noviembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
4748
ORDEN de 24 de octubre de 2025, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscriben en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Mundubira 500: Elkano Fundazioa.
El 18 de marzo de 2025 tuvo entrada en el Registro General del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la escritura mediante la que se elevan a público los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Mundubira 500: Elkano Fundazioa. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo.
El acuerdo de extinción fue adoptado por el patronato de la fundación el 24 de noviembre de 2022 y ratificado por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco mediante Resolución de 1 de marzo de 2024. El patronato cesa en sus funciones, designándose una comisión liquidadora para llevar a efecto las operaciones de liquidación y el destino del remanente.
El patronato acuerda la extinción de la fundación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 b) de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en el artículo 35 de los estatutos de la fundación, por haberse realizado en su totalidad el fin principal para el cual se constituyó, al darse por culminadas las actividades de promoción del V. centenario de la primera vuelta al mundo realizado, entre otros, por el navegante de la localidad guipuzcoana de Getaria, Juan Sebastián Elkano.
El 27 de julio de 2023, concluidas las operaciones de liquidación y entregado el remanente, la comisión liquidadora aprobó el balance final de liquidación, el informe sobre las operaciones de liquidación realizadas hasta la fecha y el destino del remanente resultante. Finalmente, el 18 de marzo de 2025 fue presentada la escritura pública otorgada el 16 de julio de 2024, en Donostia / San Sebastián, ante el notario D. Enrique García Jalón de la Lama (número de protocolo: 1.497), mediante la que se formalizan ambos acuerdos, de extinción y liquidación, y se protocoliza la documentación preceptiva.
Corresponde a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en el artículo 3.1 del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41, 42, 43 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en los artículos 48 y 49 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.
RESUELVO:
Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Mundubira 500: Elkano Fundazioa, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura de extinción y liquidación otorgada el 16 de julio de 2024, en Donostia / San Sebastián, ante el notario D. Enrique García Jalón de la Lama (número de protocolo: 1.497), para la cancelación de los asientos registrales referentes a la fundación.
Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de octubre de 2025.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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