
N.º 209, viernes 31 de octubre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
4629
RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2025, de la directora de Pesca y Acuicultura, por la que se suspende temporalmente la campaña de pesca de la angula para el período 2025-2026.
El Decreto 77/2024, de 18 de junio, regula la pesca profesional de la angula en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A lo largo de este ejercicio, esta Dirección ha tenido conocimiento de tres informes de distintos organismos que nos llevan a adoptar la decisión de suspender la campaña de pesca para el periodo 2025-2026.
En primer lugar, el informe trianual de posevaluación del Plan de Gestión de la Angula presentado por España a la Comisión Europea, y que fue analizado por el ICES en mayo de 2025, confirma que los objetivos de escape y reclutamiento de la especie siguen estando muy por debajo de las metas establecidas en el Reglamento del Consejo Europeo de 2007 para la anguila. Actualmente, la biomasa de anguilas en los ríos europeos representa solo el 7 % de la población que habitaba nuestros ríos en las décadas de los 60 y 70. El informe concluye que las medidas implementadas hasta la fecha, como las limitaciones a la actividad pesquera, la mejora de la calidad del hábitat y la conectividad fluvial, no han logrado revertir la situación crítica de la especie, a diferencia de lo que ocurre con otras especies como el salmón, el sábalo o la lamprea, que están recolonizando nuestros ríos. Así, el stock de anguila europea sigue estando fuera de los límites biológicos seguros.
Por otro lado, la Resolución del ararteko (defensor del pueblo) de 4 de junio de 2025 recomienda al Departamento revisar la regulación vigente para adaptarla a las medidas necesarias para la recuperación de la población de anguila europea. Además, insta a que las medidas regulatorias se basen en los dictámenes técnicos y científicos y estén alineadas con el marco del Plan de Gestión de la anguila europea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que está en vigor.
Finalmente, el informe presentado por AZTI en la reciente reunión del grupo de trabajo de la angula del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES), celebrada en Rennes la semana pasada, no muestra grandes cambios respecto a los informes de años anteriores. Esto hace prever que el ICES continuará recomendando el cierre de la pesquería, tal como ha hecho en los últimos años.
El artículo 11 del citado Decreto 77/2024, de 18 de junio, establece lo siguiente:
«Artículo 11.– Temporada de pesca de la angula.
La temporada de pesca de la angula, su modificación o suspensión se establecerá mediante resolución de la dirección competente en la materia y en coordinación con otras Comunidades Autónomas de la cornisa cantábrica. Asimismo, deberá contar con el soporte técnico y científico correspondiente, y en ningún caso excederá de lo previsto en la reglamentación comunitaria.»
En consecuencia,
RESUELVO:
Artículo 1.– Suspender la campaña de pesca de la angula para la próxima temporada (2025-2026).
Artículo 2.– Crear un foro de trabajo con el objetivo de elaborar un nuevo Plan de Gestión de la pesca de la angula. Este plan, que sustituirá al aprobado por la Comisión en 2010, contará con la participación de las Diputaciones de Gipuzkoa y Bizkaia, ya que tienen competencias en medidas que afectan a su territorio. Además, contaremos con la colaboración de científicos de AZTI, la UPV/EHU y la Asociación de Anguleros de Euskadi, y representantes de las ONGs.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la viceconsejería competente en materia de pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2025.
La directora de Pesca y Acuicultura,
IXONE SOROA GUENAGA.
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