
N.º 203, viernes 24 de octubre de 2025
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DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
4487
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2025, del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias del rector y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno.
El artículo 180 de los Estatutos de la UPV/EHU establece que por resolución que habrá de publicarse, el rector o rectora establecerá la delegación de competencias entre quienes forman su equipo de gobierno, con indicación expresa de la vicerrectora o vicerrector que le sustituirá en caso de ausencia o enfermedad.
Mediante Resolución de 30 de enero de 2025, del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, publicada en el Boletín Oficial de 19 de febrero de 2025, se estableció la delegación de sus competencias y la estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno.
Mediante Resolución de 10 de julio de 2025, publicada en el Boletín Oficial de 25 de agosto de 2025, se modificó la delegación de sus competencias y la estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno.
Atendiendo a criterios de mayor eficiencia se considera oportuno un reajuste en la distribución de las áreas de funcionamiento del Equipo de Gobierno, por lo que, al amparo de las competencias que tiene conferidas en los artículos 178 y 180 de los Estatutos de la Universidad, en relación con lo previsto en su artículo 183, así como con lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
RESUELVE:
Primero.– Modificar el Anexo I de la Resolución de 30 de enero de 2025, modificada por la Resolución de 10 de julio de 2025 del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias del rector y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno, en los términos previstos en el Anexo I de esta resolución.
Segundo.– Modificar el Anexo II de la Resolución de 30 de enero de 2025, modificada por la Resolución de 10 de julio de 2025 del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias del rector y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno, en los términos previstos en el Anexo II de esta resolución.
Tercero.– Se autoriza a la Secretaría General a elaborar una resolución que refunda la Resolución de 30 de enero de 2025 con las modificaciones realizadas en esta resolución, y disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Cuarto.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Leioa, a 9 de octubre de 2025.
El rector de la UPV/EHU,
JOSÉ RAMÓN BENGOETXEA CABALLERO.
ANEXO I
Modificación del Anexo I de la resolución de 30 de enero de 2025, modificada por la resolución de 10 de julio de 2025 del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias del rector y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno.
1.– En el apartado Tercero, sobre delegación de competencias, subapartado 4, se suprime el siguiente párrafo:
«Así mismo, se delega a la secretaria o secretario general el ejercicio de las competencias del Rector en el diseño e implementación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres, de no discriminación por razón de género o cualquier otra circunstancia y de acción positiva para la diversidad cultural, que afecten de forma transversal a toda la actividad universitaria: docencia, investigación, transferencia, divulgación científica y gestión».
ANEXO II
Modificación del Anexo II de la resolución de 30 de enero de 2025, modificada por la resolución de 10 de julio de 2025, del rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias del Rector y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su Equipo de Gobierno.
1.– Se añade en el apartado 2, Relaciones Institucionales y Cultura, subapartado 2.1, Relaciones Institucionales, la letra q) con el siguiente contenido:
«q) el ejercicio de las competencias del rector en el diseño e implementación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres, de no discriminación por razón de género o cualquier otra circunstancia y de acción positiva para la diversidad cultural, que afecten de forma transversal a toda la actividad universitaria: docencia, investigación, transferencia, divulgación científica y gestión.»
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