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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 201, miércoles 22 de octubre de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
4445

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2025, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora para la actualización de las tablas salariales aprobadas para el año 2024 y para el abono de los atrasos generados para el personal de las contratas de limpieza de los centros dependientes del Departamento de Educación y UPV/EHU (0,5 % adicional) código del convenio 86001895012002.

ANTECEDENTES

Primero.– El día 19 de septiembre de 2025 se ha presentado en REGCON la documentación referida al acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo citado suscrito.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo y en su artículo 7 establece entre sus funciones la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales.

Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tercero.– El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (modificado por el Decreto 20/2023, de 14 de febrero) del Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco, por la presente,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2025.

La directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE.

ACUERDO PARCIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES APROBADAS PARA EL AÑO 2024 Y PARA EL ABONO DE LOS ATRASOS GENERADOS PARA EL PERSONAL DE LAS CONTRATAS DE LIMPIEZA DE LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCA-CIÓN Y UPV/EHU (0,5 % ADICIONAL)

Reunidos/as en la sede del Consejo de Relaciones Laborales en Bilbao, por un lado, la Asociación de Em-presas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación y, por otro lado, las organizaciones sindicales UGT, LAB, ESK y CCOO cuya representatividad acumulada respecto de la parte social de la Co-misión negociadora es del 59,76 %, según el acta de constitución de la misma de fecha 12 de mayo del 2015,

ACUERDAN:

Primero.– Aprobar para el año 2024 una subida salarial adicional del 0,5 %, con efectos desde el 1 de enero de 2024, que sumado al aumento del 2 % aprobado anteriormente, supone un incremento total del 2,5 % respecto de las tablas vigentes a fecha 31 de diciembre de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Convenio ultraactivo y en la Resolución 69/2025, de 22 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el incremento adicional del 0,5 % para el año 2024, de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Segundo.– Las empresas abonarán la totalidad de los atrasos generados por la referida subida y actuali-zarán el salario de los y las trabajadoras de acuerdo a las tablas salariales adjuntadas en el anexo, dando por cerrada de esta manera entre las partes la materia económica de este convenio colectivo del año 2024.

Tercero.– Este acuerdo tendrá eficacia general al amparo de los artículos 87 a 89 del texto refundido de Ley del Estatuto de Trabajadores y su contenido será de obligado cumplimiento a partir de la publicación del mismo, para cuya tramitación se autoriza al Consejo de Relaciones Laborales, en la persona de su presidenta, Emilia Málaga Pérez. En cualquier caso, las empresas tendrán un plazo de un mes desde la publicación del acuerdo para proceder al abono de los atrasos.

UGT, LAB, ESK, CCOO y Asociación de Empresas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación.

(Véase el .PDF)

Análisis documental