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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 195, martes 14 de octubre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
4320

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2025, del director de HABE, por la que se modifica la Resolución de 18 de agosto de 2025, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a los euskaltegis de los ayuntamientos o de entidades de ellos dependientes, para el curso 2025-2026.

En el BOPV n.º 166, de miércoles 3 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución de 18 de agosto de 2025, del director de HABE, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a los euskaltegis de los ayuntamientos o de entidades de ellos dependientes, para el curso 2025-2026.

Con carácter previo al fin del plazo de solicitudes allí previsto, se ha considerado oportuno modificar la anterior resolución en el sentido que se expone.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Modificar el apartado 4 de la Base 3.ª de la Resolución, que queda redactado en los siguientes términos:

«El plazo para la presentación de las solicitudes y la documentación correspondiente se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 10 de noviembre de 2025.»

Segundo.– Modificar el último párrafo del apartado 1.2 del Anexo I de la Resolución, que queda redactado en los siguientes términos:

«No obstante, como excepción, también podrán ser objeto de subvención los grupos residuales que no alcancen el número mínimo de alumnado correspondiente según el tamaño del municipio, conforme a las horas de grupo presenciales aprobadas para octubre de 2025, y siempre de acuerdo con lo establecido en la Base 6. Dichos grupos residuales deberán representar menos del 15 % del total de horas de grupo presenciales aprobadas para octubre de 2025. En estos grupos, el número de alumnos podrá ser uno menos que el mínimo exigido.»

Tercero.– Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOPV.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Director de HABE en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Donostia / San Sebastián en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

En Donostia / San Sebastián, a 2 de octubre de 2025.

El director de HABE,

JOKIN AZKUE ARRASTOA.


Análisis documental