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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 191, miércoles 8 de octubre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
4223

ORDEN de 24 septiembre de 2025, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Mungiako Bentades Ikastetxea Fundazioa, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

En fecha 4 de octubre de 2024 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, la escritura pública de modificación de Estatutos otorgada el 4 de octubre de 2024 por la fundación, ante el notario de Mungia, D. Luis Felipe Alamillos Granados (1.662 de su protocolo).

En la referenciada escritura pública se incorpora certificado de la reunión del Patronato celebrada el día 3 de octubre de 2024, firmada por la secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno del presidente, en la que se adoptó por unanimidad, entre otros, el acuerdo de modificar los estatutos de la Fundación para su adaptación de los mismos a la Ley 9/2016, de 2 de junio de Fundaciones del País Vasco.

Corresponde a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 317/2024 de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Mungiako Bentades Ikastetxea Fundazioa para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 4 de octubre de 2024 por la fundación, ante el notario de Mungia, D. Luis Felipe Alamillos Granados (1.662 de su protocolo).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de septiembre de 2025.

La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

MARÍA UBARRECHENA CID.


Análisis documental