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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 190, martes 7 de octubre de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS
4202

RESOLUCIÓN 61/2025, de 24 de septiembre de 2025, de la presidenta del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, por la que se publica el Acuerdo de rectificación de errores del Acuerdo del Pleno de este Tribunal de 4 de diciembre de 2024, aprobando la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal de esta institución.

ANTECEDENTES DE HECHO

Mediante Acuerdo de 4 de diciembre de 2024 del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, se procedió a modificar de la Relación de Puestos de Trabajo del personal de esta institución.

Se ha podido comprobar en dicho Acuerdo la existencia de varios errores materiales, en los requisitos de titulación académica del puesto de Asistente de auditoría y en el anexo, en los siguientes términos:

En la página 2024/5714 (3/10),

donde dice:

«Requisitos:

1.– Título universitario oficial de grado o licenciatura en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento (RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad) o equivalente.

– Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo.

– Derecho y especialidades jurídicas».

Debe decir:

«Requisitos:

1.– Título universitario oficial de grado o equivalente en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento:

– Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo.

– Derecho y especialidades jurídicas.

De acuerdo con la disposición Transitoria Tercera del TREBEP, se considera título habilitante para el acceso al puesto poseer la diplomatura o certificado que acredite los tres primeros cursos de una Licenciatura o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios siempre que contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, en alguno de los ámbitos de conocimientos señalados».

En la página 2024/5714 (5/10), en el Anexo – CENTRO GESTOR: TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS....CREACIÓN DE PUESTOS.

Donde dice:

«

(Véase el .PDF)

».

Debe decir:

«

(Véase el .PDF)

».

En la página 2024/5714(10/10), en el Anexo – CENTRO GESTOR: TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS...CLAVES UTILIZADAS.

donde dice:

«Titulaciones: 203000/206000- Título universitario oficial de grado o licenciatura en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento.

(Anexo I del R. Decreto 822/2021, de 28 de septiembre) y sus equivalentes.

– Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo.

– Derecho y especialidades jurídicas».

Debe decir:

«Titulaciones: 210000- Título universitario oficial de grado o equivalente en alguno de los siguientes ámbitos de conocimiento (de acuerdo con la disposición Transitoria Tercera del TREBEP, se considera título habilitante para el acceso al puesto poseer la diplomatura o certificado que acredite los tres primeros cursos de una Licenciatura o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios siempre que contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, en alguno de los ámbitos de conocimientos señalados).

– Ciencias económicas, administración y dirección de empresas, márquetin, comercio, contabilidad y turismo.

– Derecho y especialidades jurídicas».

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2025.

La presidenta del TVCP,

ANA HELGUERA LÍBANO.

El secretario general del TVCP,

JULIO ARTETXE BARKIN.


Análisis documental